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Antecedentes Judiciales DAS
Residencia
Menajes
Poderes
Salida de Menores
Supervivencias
Qué es apostillar
Puedo apostillar mis notas o diplomas?
Puedo adelantar practica en el Consulado?
Factura Comercial
Cómo llevar animales?
Registros
Cédulas
Cooperación Judicial
Exhortos
Puedo Presentar una denuncia en el Consulado?
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| Notarizaciones,
Legalizaciones y Poderes |
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CÓMO PUEDO APOSTILLAR MIS NOTAS, DIPLOMAS ESTADOUNIDENSES DE LA UNIVERSIDAD O DEL COLEGIO PARA QUE SEAN VALIDAS EN COLOMBIA?
Dado que los documentos fueron otorgados por una escuela o una universidad estadounidense, usted NO PODRA ADELANTAR NINGUN TRAMITE ANTE EL CONSULADO. Usted deberá llevar las notas o su diploma ante un Notario de la Florida y luego Apostillar en la Florida
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301
Verifique si necesitará una traducción oficial al español de sus documentos para que sean válidos en Colombia. El Consulado NO OFRECE servicios de traducción.
Recuerde: Para Homologar su titulo en Colombia deberá ponerse en comunicación con el Ministerio de Educación Nacional de Colombia para que le indiquen los pasos a seguir.
PUEDO ADELANTAR UNA PRACTICA UNIVERSITARIA EN EL CONSULADO?
Sí, siempre y cuando su Universidad haya firmado previamente convenios con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Aplica solo para estudiantes de universidades colombianas.
Usted deberá hacer la solicitud enviando un correo que exprese su interés en adelantar su práctica o Judicatura en este Consulado a los correos:
claudia.granados@cancilleria.gov.co
stephanie.munoz@cancilleria.gov.co.
No olvide: Solicitar los documentos y requisitos que deberá presentar. |
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CUÁLES
SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES
JUDICIALES DAS?
CERTIFICADO JUDICIAL
CERTIFICADO JUDICIAL
- Solicitar cita por Internet en el área de notarizaciones a través de la página web: www.consuladodecolombia.com
- Diligenciar formulario adjunto (letra legible, sin tachones) Descárguelo aquí
- Cédula de ciudadanía o pasaporte vigente y fotocopia (ambos lados en 1 hoja )
- Money order : 25 U$D ( Si no requiere apostilla)
Recuerde: para ingresar a Ecuador NO se requiere de Apostilla.
Usted podrá imprimir su certificado en línea dentro de los 5 días hábiles siguientes a la realización del trámite, ingresando a la página web: www.certificadojudicial.gov.co, opción “haz aquí tu trámite gratis”.
Nota: Usted podrá renovar su pasado judicial en línea, de forma gratuita, por los próximos cinco (5) años desde la página web: www.certificadojudicial.gov.co
Si requiere que el certificado sea Apostillado debe traer Money order de 38 U$D.
En este caso, la fecha y el número de su apostilla le serán enviados vía correo electrónico.
Para imprimir su Apostilla usted deberá:
1. Ingresar a la página web: www.cancilleria.gov.co . Link “ministerio”.
2. Haga clic en “Atención al ciudadano”/”tramites y servicios”/”solicitud de apostilla”
3. Ingrese el número de la apostilla que se le envió y la fecha / click en “buscar”
4. Imprima su apostilla
Cualquier inquietud comuníquese a: notarizaciones@consuladodecolombia.com
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CUÁLES
SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE RESIDENCIA (Seguro Social u otros casos)
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Requisitos:
- Presentación personal del interesado (a)
- Solicite cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
- Original de la cédula de ciudadanía vigente y fotocopia por las dos caras
- Original de pasaporte colombiano vigente y fotocopia de la primera hoja
- Licencia de conducir de la Florida y fotocopia
- Tarjeta de Residencia en EEUU o Pasaporte de Estados Unidos y fotocopia
- Recuerde: En caso de no contar con alguno de los dos últimos documentos, deberá presentar recibos de agua, luz, teléfono en que aparezcan el nombre completo del interesado y la dirección actual. Traer original de los documentos y fotocopia. En este caso deberá solicitar su tarjeta de registro Consular. Para ello deberá primero realizar una cita para este trámite, en nuestra página Web www.consuladodecolombia.com
- Costo: 60 USD en Money Order
- Las fotocopias deben ser en hoja individual por cada documento solicitado
- Presentarse 10 minutos antes de su cita
- 2 Fotocopias de cada uno de los documentos soportes para su expedición.
Recuerde: No se permite ingreso de acompañantes al Consulado
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CUÁLES
SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE MENAJE?
Solamente serán titulares del menaje doméstico aquellos residentes en el exterior que ingresen a COLOMBIA para fijar su residencia en forma definitiva.
Residente en el Exterior, "es la persona que habita en el exterior por lo menos veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos, durante los tres (3) años inmediatamente anteriores a su Llegada al país, para fijar su residencia".
Los colombianos residentes en el exterior que regresen a Colombia para fijar en el país su residencia, tendrán derecho a introducir los efectos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar, sin que para ello se requiera Registro o Licencia de Importación, pagando el 15% del valor de la mercancía, como único impuesto presentando el certificado de menaje. (Artículo 218 y 223 del Decreto 2685 de 1999).
PASOS A SEGUIR
- Visite la página de la DIAN. http://www.dian.gov.co/
- Busque la opción Servicios / Tramites / Comercio Exterior/ Entrega Menaje.
(Allí le indicarán todo lo que pueda llevar como menaje)
- Si usted lo solicita el Consulado podrá expedir un Certificado de Residencia para Menaje
Requisitos:
- Presentación personal del interesado
- Solicite cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
- Original de la cédula de ciudadanía y fotocopia por las dos caras
- Original pasaporte colombiano vigente y fotocopia de la primera hoja
- Dos de los siguientes documentos que acrediten su permanencia regular en los Estados Unidos de América:
- Recibos de agua
- Recibos de energía eléctrica
- Recibos de gas
- Recibos de teléfono
- Certificación de trabajo
- Declaración de impuestos (Income Tax)
- 2 Fotocopias de cada uno de los documentos soportes para su expedición.
- Costo: $60.00 USD en Money Order dirigido al Consulado de Colombia.
- Se otorga un (1) certificado por grupo familiar.
- Presentarse 10 minutos antes de su cita
- No se permite ingreso de acompañantes al Consulado.
Nota: Este certificado tiene vigencia de un (01) mes, así que debe realizarse cerca de su viaje de regreso a Colombia
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QUÉ
ES APOSTILLAR?
Para que un documento tenga validez en Colombia Usted tiene 2 opciones totalmente diferentes:
1) Acercarse con cita al Consulado, la cual obtiene en la página, www.consuladodecolombia.com en el área de notarizaciones. Venir con su cedula o pasaporte vigente, el documento que notarizará y cancelar 35 USD en MONEY ORDER por cada firma. (Favor presentarse sin acompañantes)
o totalmente diferente
2) Llevar el poder o documento ante cualquier notario de la Florida con su documento de identificación (pasaporte o licencia de conducir de la Florida) y luego APOSTILLAR. Esto significa validar la firma del notario para que sea aceptada en Colombia.
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301
RECUERDE: El Consulado NO apostilla ningún documento
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QUÉ
SE NECESITA PARA AUTORIZAR LA SALIDA DE UN MENOR?
Si el niño(a) es colombiano(a) necesitará, a la hora de salir de Colombia, autorización de los padres que NO viajen con el menor. Para otorgar el permiso los padres que no viajen con el niño deberá (n):
- Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
- Presentarse con cédula de ciudadanía vigente o pasaporte vigente.
- Indicar el nombre exacto del menor, el motivo del viaje y las fechas exactas de salida de Colombia y de regreso si así lo va a hacer
- Este permiso puede realizarse hasta con dos (02) meses de anticipación a la fecha de salida de Colombia. NUNCA antes
Recuerde: Este permiso también se puede obtener ante cualquier notario de los EEUU y Apostillando el documento en Tallahassee. Recuerde: SIN LA APOSTILLA no serán validas las firmas de los notarios estadounidenses en Colombia. En Florida la apostilla se hace en Tallahassee. El teléfono es: 850-2456945
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CUÁNTO
VALE UN PODER?
El reconocimiento de firma y contenido en un poder tiene un costo de 35 USD en Money Order por cada firma que necesite ser notarizada. Si en un documento firman dos (02) personas deberá traer un Money Order por 70 USD.
Requisitos:
- Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
- Traer poder ya redactado, indicando en este el documento de identificación que presentará
- Traer original de documento de identificación (cedula o pasaporte vigente)
- 35 USD en Money Order, por cada reconocimiento de firma. Si en un documento firman dos personas serán 70 USD etc.
- Presentarse 10 minutos antes de su cita
No se permite ingreso de acompañantes al Consulado
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EL
PODER PUEDE APOSTILLARSE PARA NO TENER QUE IR AL
CONSULADO ?
Sí se puede. Puede reconocer su firma ante cualquier notario de la Florida y posteriormente apostillar en Tallahassee. Los documentos deben ser en español.
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301
RECUERDE: El Consulado NO apostilla ningún documento
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QUÉ
HAGO PARA LLEVAR UNA MASCOTA A COLOMBIA?
Debe llevarla primero a un veterinario que le de la certificación sanitaria (vacunas al día) y posteriormente llevar esta certificación al Departamento de Agricultura para avalar la firma del veterinario. Posteriormente deberá ponerse en contacto con la aerolínea para los trámites pertinentes.
No debe adelantar NINGUN trámite ante el Consulado
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QUÉ
DEBO HACER PARA CONSULARIZAR UNA FACTURA COMERCIAL?
Para autenticar una factura comercial, una lista de precios o un certificado de origen usted deberá
- Llevar el documento ante las cámaras de comercio colombo-estadounidense registradas en el Consulado.
- Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
- Traer el documento firmado por el Funcionario de la Cámara.
- Traer original de documento de identificación (cedula o pasaporte vigente)
- Cada autenticación cuesta 30 USD en Money Order.
- Presentarse 10 minutos antes de su cita.
- No se permite ingreso de acompañantes al Consulado.
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Supervivencias
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Qué
necesito para obtener una supervivencia?
Usted
debe presentarse personalmente, identificándose
con cédula de ciudadanía o pasaporte
vigente original.
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La
supervivencia tiene costo?
No.
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Qué vigencia tiene la supervivencia?
La
exigencia de presentaciones personales no podrá
hacerse de antes de 3 meses cuando se trate de
entidades que hagan parte del sistema de seguridad
social integral, a menos que la persona se encuentre
residenciada fuera del país en sitio donde
no exista representación consular colombiana,
en cuyo caso operará el término
de 6 meses.
En todo caso siempre es importante que se ponga
en contacto con la entidad que se la exige ya
que muchas de ellas varían los requerimientos.
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Qué
hago si no me es posible presentarme en el Consulado?
Puede
presentarse ante notario público para que
él certifique debidamente su supervivencia,
con firma y sello. Posteriormente puede hacer
la solicitud de un Apostille a la Secretaría
de Estado del Estado correspondiente enviándoles
la prueba de supervivencia debidamente firmada
por Notario Público.
Una vez este Certificado haya obtenido la Apostille
de la Secretaría de Estado NO necesita
pasar por el Consulado para ser válido
en Colombia.
En todo caso siempre es importante que se ponga
en contacto con la entidad que se la exige ya
que muchas de ellas varían los requerimientos.
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Las supervivencias que solicito ante el Consulado
las debo apostillar?
No,
las debe legalizar en el Ministerio de Relaciones,
ubicado en la Transversal 17 No. 98-88, teléfono
5251860 y 5251862.
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Si
no tengo un familiar o amigo en la ciudad de Bogotá
y requiero que mi supervivencia llegue legalizada
a otra ciudad, qué puedo hacer?
Remitir
por correo su supervivencia a la Cra 5ª No.
9-03 Oficina de Correspondencia, Legalización
de documentos, y prepagar el envío a la
otra ciudad, para que así el Ministerio
de Relaciones Exteriores legalice su documento
y lo remita al destino final.
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La
legalización de mi supervivencia tiene algún
costo?
No.
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Puedo
solicitar supervivencias con el poder especial para
cobro de pensión en la misma hoja?
Existe la posibilidad
de que se elabore la supervivencia y la autorización
en una misma hoja, con un formato preestablecido
que dice que Usted autoriza a una persona, con
nombre y documento de identificación para
que firme y reciba en su nombre el valor que corresponde
a la prestación social a que tiene derecho
ante una entidad determinada.
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Puedo
solicitar la supervivencia con el poder en la misma
hoja autorizando el cobro de meses futuros?
No,
la supervivencia se expide con fecha y hora del
momento en que usted se presentó ante el
Consulado, y si incluye poder o autorización,
este sólo puede ser para el mes actual
o meses pasados.
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Puedo
tramitar supervivencias por correo?
Sí,
esto es exclusivo para personas que residen
a más de 2 horas del Consulado, o que
se encuentran en un estado de salud que les
impide movilizarse, y que se han presentado
al menos una vez en el Consulado para solicitar
su supervivencia.
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Cómo
hago el trámite por correo?
Los
documentos (ver modelo 1 y 2) deben ser firmados
en original por el interesado, con huella del
índice derecho al pie de la firma, y el
documento No. 1 debe ser autenticado por Notario
Público del Estado de la Florida, Bahamas,
o Gran Cayman. Las dos formas deben ser enviadas
al Consulado, incluyendo un sobre con el porte
de correo prepago, para regresarle los documentos.
IMPORTANTE: SI LOS DOCUMENTOS ESTÁN INCOMPLETOS,
EL CONSULADO LOS ENVIARÁ DE REGRESO SIN
TRAMITAR.
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Puedo
tramitar supervivencias con poderes especiales
para cobro de pensión por correo?
Sí,
para el mismo caso mencionado en la pregunta
9, y utilizando el formato de supervivencia
que incluye poder (ver modelo).
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El
Consulado sabe cuanto me pagan y cuanto me deben
de mis mesadas pensionales?
No, el Consulado no tiene acceso a esa
información.
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El Consulado me puede realizar el trámite
para el reclamo de mi pensión (jubilación)?
No. Debe ponerse en contacto con la entidad
respectiva.
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El
Instituto del Seguro Social me puede consignar directamente
a mi cuenta en los Estados Unidos?
El
I.S.S. y Colmena, tienen un Convenio para que
el pensionado autorice que le realicen sus pagos
directamente a su cuenta en los Estados Unidos,
para ello debe revisar la información que
aparece en sección pensiones del Consulado
General www.consuladodecolombia.com , para que evalué la conveniencia del sistema
en su caso personal.
Si decide hacerlo debe diligenciar el formulario
que aparece en www.iss.gov.co,
o que le puede ser entregado en el Consulado General.
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Qué necesito para inscribirme en el programa?
-
Ser
pensionado del seguro social.
-
Tener cuenta bancaria en el exterior. El nombre
de la cuenta bancaria debe ser exactamente
como aparece en su afiliación del seguro
social. No puede ser compartida con ningún
familiar o amigo.
-
Diligenciar
debidamente el formulario de autorización
de giro al exterior. Esta autorización
debe presentarse UNA SOLA VEZ.
-
Certificación
del Banco con el cual tiene cuenta, en la
que figure el nombre del Banco, Código
ABA, SWIFT y/o CHIP, así como el número
de su cuenta y el nombre del titular, tal
como aparece registrado en el Banco.
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Cuándo
debo presentar la supervivencia en el Consulado?
Los
quince (15) primeros días de los meses
de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre.
Los pensionados que habitan en lugares distantes
al Consulado, pueden remitir por correo al Consulado
el formato de supervivencia debidamente notariado
ante un notario público del Estado de la
Florida, Islas Gran Caimán, o Bahamas,
anexando copia de la comisión del Notario.
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Cuándo
recibo mi dinero?
Las
fechas de pago serán trimestralmente así:
Marzo 30, Junio 30, Septiembre 30 y Diciembre
30 de cada año. Este pago se hace a la
tasa oficial de cambio del dólar del día
que se hace el giro.
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Cuánto
me cuesta?
El
valor del giro es de US$8 trimestrales, lo cuales
serán descontados por la Corporación
Colmena directamente.
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Cómo
consulto mis comprobantes de pago?
El
Seguro Social ha implementado la consulta de comprobantes
de pago para sus pensionados en el exterior, a
través de la página WEB del ISS www.iss.gov.co .
El acceso a esta página se debe efectuar
de la siguiente manera:
- Ingresar al sitio Web : http://www.iss.gov.co
- Acceder en el menú superior izquierdo
el Link pensiones y de este la opción
Pensionados en el exterior, en esta página
encontrará consulta comprobantes de pago
pensionados en el exterior, donde se encuentran
cargados inicialmente los comprobantes de pago
de los meses de julio y agosto del 2007.
- El acceso a estos comprobantes requiere únicamente
digitar el No. del documento de identificación
del Pensionado
Nota: El vinculo directo a este sitio
Web es:
http://www.iss.gov.co/pensiones/enexterior.htm
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Cual
es la página de FOPEP y CAJANAL
www.fopep.gov.co y www.cajanal.gov.co
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Cómo
me pongo en contacto con un funcionario del Consulado
en el tema de las supervivencias?
Puede
escribir un correo electrónico a supervivencias@consuladodecolombia.com o por correo al:
280
ARAGON AVENUE,
CORAL GABLES, FLORIDA 33134
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