Antecedentes Judiciales DAS
Residencia
Menajes
Poderes
Salida de Menores
Supervivencias
Qué es apostillar
Puedo apostillar mis notas o diplomas?
Puedo adelantar practica en el Consulado?
Factura Comercial
Cómo llevar animales?
Registros
Cédulas
Cooperación Judicial
Exhortos
Puedo Presentar una denuncia en el Consulado?

   
Notarizaciones, Legalizaciones y Poderes


CÓMO PUEDO APOSTILLAR MIS NOTAS, DIPLOMAS ESTADOUNIDENSES DE LA  UNIVERSIDAD O DEL COLEGIO PARA QUE SEAN VALIDAS EN COLOMBIA?

Dado que los documentos fueron otorgados por una escuela o una universidad estadounidense, usted NO PODRA ADELANTAR NINGUN TRAMITE ANTE EL CONSULADO. Usted deberá llevar las notas o su diploma ante un Notario de la Florida y luego Apostillar en la Florida
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945        
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301

Verifique si necesitará una traducción oficial al español de sus documentos para que sean válidos en Colombia. El Consulado NO OFRECE servicios de traducción.

Recuerde: Para Homologar su titulo en Colombia deberá ponerse en comunicación con el Ministerio de Educación Nacional de Colombia para que le indiquen los pasos a seguir.

PUEDO ADELANTAR UNA PRACTICA UNIVERSITARIA EN EL CONSULADO?

Sí, siempre y cuando su Universidad haya firmado previamente convenios con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Aplica solo para estudiantes de universidades colombianas.
Usted deberá hacer la solicitud enviando un correo que exprese su interés en adelantar su práctica o Judicatura en este Consulado a los correos:
claudia.granados@cancilleria.gov.co
stephanie.munoz@cancilleria.gov.co.

No olvide: Solicitar los documentos y requisitos que deberá presentar.

 
 
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES DAS?

CERTIFICADO JUDICIAL

CERTIFICADO JUDICIAL

  • Solicitar cita por Internet en el área de notarizaciones a través de  la página web: www.consuladodecolombia.com 
  • Diligenciar formulario  adjunto (letra legible, sin tachones) Descárguelo aquí
  • Cédula de ciudadanía o pasaporte vigente y fotocopia (ambos lados en 1 hoja )
  • Money order : 25 U$D ( Si no requiere apostilla)

Recuerde: para ingresar a Ecuador NO se requiere de Apostilla.
 Usted podrá imprimir su certificado  en línea  dentro de los  5 días hábiles siguientes a la realización del trámite, ingresando a la página web: www.certificadojudicial.gov.co, opción  “haz aquí tu trámite gratis”.
Nota: Usted podrá renovar su pasado judicial en línea, de forma gratuita, por los próximos cinco (5) años desde la página web: www.certificadojudicial.gov.co
Si requiere que el certificado sea Apostillado debe traer Money order de 38 U$D.
En este caso, la fecha y el número de su apostilla le serán enviados  vía correo electrónico.
Para imprimir su Apostilla usted deberá:
1. Ingresar a la página web: www.cancilleria.gov.co . Link “ministerio”.
2. Haga clic en “Atención al ciudadano”/”tramites y servicios”/”solicitud de apostilla
3. Ingrese el número de la apostilla que se le envió y la fecha / click en “buscar”
4. Imprima su apostilla
Cualquier inquietud comuníquese a: notarizaciones@consuladodecolombia.com

 

 

 

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CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE RESIDENCIA (Seguro Social u otros casos) ?

 

Requisitos:

  • Presentación personal del interesado (a)
  • Solicite cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
  • Original de la cédula de ciudadanía vigente y fotocopia por las dos caras
  • Original de pasaporte colombiano vigente y fotocopia de la primera hoja
  • Licencia de conducir de la Florida y fotocopia
  • Tarjeta de Residencia en EEUU o Pasaporte de Estados Unidos y fotocopia
  • Recuerde: En caso de no contar con alguno de los dos últimos documentos, deberá presentar recibos de agua, luz, teléfono en que aparezcan el nombre completo del interesado y la dirección actual.  Traer original de los documentos y fotocopia. En este caso  deberá solicitar su tarjeta de registro Consular. Para ello deberá primero realizar una cita para este trámite, en nuestra página Web www.consuladodecolombia.com
  • Costo: 60 USD en Money Order
  • Las fotocopias deben ser en hoja individual por cada documento solicitado
  • Presentarse 10 minutos antes de su cita
  • 2 Fotocopias de cada uno de los documentos soportes para su expedición.  
Recuerde: No se permite ingreso de acompañantes al Consulado

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CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE MENAJE?

 

Solamente serán titulares del menaje doméstico aquellos residentes en el exterior que ingresen a COLOMBIA para fijar su residencia en forma definitiva.
Residente en el Exterior, "es la persona que habita en el exterior por lo menos veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos, durante los tres (3) años inmediatamente anteriores a su Llegada al país, para fijar su residencia".
Los colombianos residentes en el exterior que regresen a Colombia para fijar en el país su residencia, tendrán derecho a introducir los efectos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar, sin que para ello se requiera Registro o Licencia de Importación, pagando el 15% del valor de la mercancía, como único impuesto presentando el certificado de menaje. (Artículo 218 y 223 del Decreto 2685 de 1999).
PASOS A SEGUIR

  • Visite la página de la DIAN. http://www.dian.gov.co/
  • Busque la opción Servicios / Tramites / Comercio Exterior/ Entrega Menaje.
    (Allí le indicarán todo lo que pueda llevar como menaje)
  • Si usted lo solicita el Consulado podrá expedir un Certificado de Residencia para Menaje

Requisitos:

  • Presentación personal del interesado
  • Solicite cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
  • Original de la cédula de ciudadanía y fotocopia por las dos caras
  • Original pasaporte colombiano vigente y fotocopia de la primera hoja
  • Dos de los siguientes documentos que acrediten su permanencia regular en los Estados Unidos de América:
  • Recibos de agua
  • Recibos de energía eléctrica
  • Recibos de gas
  • Recibos de teléfono
  • Certificación de trabajo
  • Declaración de impuestos (Income Tax)
  • 2 Fotocopias de cada uno de los documentos soportes para su expedición.
  • Costo: $60.00 USD en Money Order dirigido al Consulado de Colombia.
  • Se otorga un (1) certificado por grupo familiar.
  • Presentarse 10 minutos antes de su cita 
  • No se permite ingreso de acompañantes al Consulado.

Nota: Este certificado tiene vigencia de un (01) mes, así que debe realizarse cerca de su viaje de regreso a Colombia

 

 
QUÉ ES APOSTILLAR?
 

Para que un documento tenga validez en Colombia Usted tiene 2 opciones totalmente diferentes:
1) Acercarse con cita al Consulado, la cual obtiene en la página, www.consuladodecolombia.com en el área de notarizaciones. Venir con su cedula o pasaporte vigente, el documento que notarizará y cancelar 35 USD en MONEY ORDER por cada firma. (Favor presentarse sin acompañantes)
o totalmente diferente
2) Llevar el poder o documento ante cualquier notario de la Florida con su documento de identificación (pasaporte o licencia de conducir de la Florida) y luego APOSTILLAR. Esto significa validar la firma del notario para que sea aceptada en Colombia.
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301
RECUERDE: El Consulado NO apostilla ningún documento

 

 

 
QUÉ SE NECESITA PARA AUTORIZAR LA SALIDA DE UN MENOR?

Si el niño(a) es colombiano(a) necesitará, a la hora de salir de Colombia, autorización de los padres que NO viajen con el menor. Para otorgar el permiso los padres que no viajen con el niño deberá (n):

  • Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
  • Presentarse con cédula de ciudadanía vigente o pasaporte vigente.
  • Indicar el nombre exacto del menor, el motivo del viaje y las fechas exactas de salida de Colombia y de regreso si así lo va a hacer
  • Este permiso puede realizarse hasta con dos (02) meses de anticipación a la fecha de salida de Colombia. NUNCA antes

Recuerde: Este permiso también se puede obtener ante cualquier notario de los EEUU y Apostillando el documento en Tallahassee. Recuerde: SIN LA APOSTILLA no serán validas las firmas de los notarios estadounidenses en Colombia. En Florida la apostilla se hace en Tallahassee. El teléfono es: 850-2456945

 

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CUÁNTO VALE UN PODER?

El reconocimiento de firma y contenido en un poder tiene un costo de 35 USD en Money Order por cada firma que necesite ser notarizada. Si en un documento firman dos (02) personas deberá traer un Money Order por 70 USD.
Requisitos:

  • Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
  • Traer poder ya redactado, indicando en este el documento de identificación que presentará
  • Traer original de documento de identificación (cedula o pasaporte vigente)
  • 35 USD en Money Order, por cada reconocimiento de firma. Si en un documento firman dos personas serán 70 USD etc.
  • Presentarse 10 minutos antes de su cita  
No se permite ingreso de acompañantes al Consulado

 

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EL PODER PUEDE APOSTILLARSE PARA NO TENER QUE IR AL CONSULADO ?

Sí se puede. Puede reconocer su firma ante cualquier notario de la Florida y posteriormente apostillar en Tallahassee. Los documentos deben ser en español.
Oficinas de Apostilla en Florida:
(850)2456945
2661 Executive Center Circle Tallahassee, Florida 32301
RECUERDE: El Consulado NO apostilla ningún documento

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QUÉ HAGO PARA LLEVAR UNA MASCOTA A COLOMBIA?

Debe llevarla primero a un veterinario que le de la certificación sanitaria (vacunas al día)  y posteriormente llevar esta certificación al Departamento de Agricultura para avalar la firma del veterinario. Posteriormente deberá  ponerse en contacto con la aerolínea para los trámites pertinentes.
No debe adelantar NINGUN trámite ante el Consulado

 

 

 

QUÉ DEBO HACER PARA CONSULARIZAR UNA FACTURA COMERCIAL?

Para autenticar una factura comercial, una lista de precios o un certificado de origen usted deberá

  • Llevar el documento ante las cámaras de comercio colombo-estadounidense registradas en el Consulado.
  • Solicitar cita en el área de notarizaciones desde la página www.consuladodecolombia.com
  • Traer el documento firmado por el Funcionario de la Cámara.
  • Traer original de documento de identificación (cedula o pasaporte vigente)
  • Cada autenticación cuesta 30 USD en Money Order.
  • Presentarse 10 minutos antes de su cita. 
  • No se permite ingreso de acompañantes al Consulado.


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Supervivencias

 


Qué necesito para obtener una supervivencia?

Usted debe presentarse personalmente, identificándose con cédula de ciudadanía o pasaporte vigente original.





 

La supervivencia tiene costo?

No.




 

Qué vigencia tiene la supervivencia?

La exigencia de presentaciones personales no podrá hacerse de antes de 3 meses cuando se trate de entidades que hagan parte del sistema de seguridad social integral, a menos que la persona se encuentre residenciada fuera del país en sitio donde no exista representación consular colombiana, en cuyo caso operará el término de 6 meses.
En todo caso siempre es importante que se ponga en contacto con la entidad que se la exige ya que muchas de ellas varían los requerimientos.




 


 

Qué hago si no me es posible presentarme en el Consulado?

Puede presentarse ante notario público para que él certifique debidamente su supervivencia, con firma y sello. Posteriormente puede hacer la solicitud de un Apostille a la Secretaría de Estado del Estado correspondiente enviándoles la prueba de supervivencia debidamente firmada por Notario Público.
Una vez este Certificado haya obtenido la Apostille de la Secretaría de Estado NO necesita pasar por el Consulado para ser válido en Colombia.
En todo caso siempre es importante que se ponga en contacto con la entidad que se la exige ya que muchas de ellas varían los requerimientos.

 



 

Cual es la Secretaria de Estado correspondiente?

Florida
Department of State
Office of International Affairs
Notary Certification/Apostille Section

Clifton Building
2661 Executive
Center Circle
Tallahassee Fl 32301
Teléfono 8502456945
Podrá preguntar al notario si tiene apostilla,
ya que algunos expiden certificaciones con apostilla



 

Las supervivencias que solicito ante el Consulado las debo apostillar?

No, las debe legalizar en el Ministerio de Relaciones, ubicado en la Transversal 17 No. 98-88, teléfono 5251860 y 5251862.

 



 

Si no tengo un familiar o amigo en la ciudad de Bogotá y requiero que mi supervivencia llegue legalizada a otra ciudad, qué puedo hacer?

Remitir por correo su supervivencia a la Cra 5ª No. 9-03 Oficina de Correspondencia, Legalización de documentos, y prepagar el envío a la otra ciudad, para que así el Ministerio de Relaciones Exteriores legalice su documento y lo remita al destino final.

 



La legalización de mi supervivencia tiene algún costo?

No.

 



 

Puedo solicitar supervivencias con el poder especial para cobro de pensión en la misma hoja?

Existe la posibilidad de que se elabore la supervivencia y la autorización en una misma hoja, con un formato preestablecido que dice que Usted autoriza a una persona, con nombre y documento de identificación para que firme y reciba en su nombre el valor que corresponde a la prestación social a que tiene derecho ante una entidad determinada.

 



 

Puedo solicitar la supervivencia con el poder en la misma hoja autorizando el cobro de meses futuros?

No, la supervivencia se expide con fecha y hora del momento en que usted se presentó ante el Consulado, y si incluye poder o autorización, este sólo puede ser para el mes actual o meses pasados.

 



 

Puedo tramitar supervivencias por correo?

, esto es exclusivo para personas que residen a más de 2 horas del Consulado, o que se encuentran en un estado de salud que les impide movilizarse, y que se han presentado al menos una vez en el Consulado para solicitar su supervivencia.



 

Cómo hago el trámite por correo?

Los documentos (ver modelo 1 y 2) deben ser firmados en original por el interesado, con huella del índice derecho al pie de la firma, y el documento No. 1 debe ser autenticado por Notario Público del Estado de la Florida, Bahamas, o Gran Cayman. Las dos formas deben ser enviadas al Consulado, incluyendo un sobre con el porte de correo prepago, para regresarle los documentos.


IMPORTANTE: SI LOS DOCUMENTOS ESTÁN INCOMPLETOS, EL CONSULADO LOS ENVIARÁ DE REGRESO SIN TRAMITAR.


 

Puedo tramitar supervivencias con poderes especiales para cobro de pensión por correo?

, para el mismo caso mencionado en la pregunta 9, y utilizando el formato de supervivencia que incluye poder (ver modelo).


 

El Consulado sabe cuanto me pagan y cuanto me deben de mis mesadas pensionales?

No, el Consulado no tiene acceso a esa información.


 

El Consulado me puede realizar el trámite para el reclamo de mi pensión (jubilación)?

No. Debe ponerse en contacto con la entidad respectiva.

 



 

El Instituto del Seguro Social me puede consignar directamente a mi cuenta en los Estados Unidos?

El I.S.S. y Colmena, tienen un Convenio para que el pensionado autorice que le realicen sus pagos directamente a su cuenta en los Estados Unidos, para ello debe revisar la información que aparece en sección pensiones del Consulado General www.consuladodecolombia.com , para que evalué la conveniencia del sistema en su caso personal.
Si decide hacerlo debe diligenciar el formulario que aparece en www.iss.gov.co, o que le puede ser entregado en el Consulado General.

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Qué necesito para inscribirme en el programa?

  • Ser pensionado del seguro social.
  • Tener cuenta bancaria en el exterior. El nombre de la cuenta bancaria debe ser exactamente como aparece en su afiliación del seguro social. No puede ser compartida con ningún familiar o amigo.
  • Diligenciar debidamente el formulario de autorización de giro al exterior. Esta autorización debe presentarse UNA SOLA VEZ.
  • Certificación del Banco con el cual tiene cuenta, en la que figure el nombre del Banco, Código ABA, SWIFT y/o CHIP, así como el número de su cuenta y el nombre del titular, tal como aparece registrado en el Banco.


 

Cuándo debo presentar la supervivencia en el Consulado?

Los quince (15) primeros días de los meses de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre.
Los pensionados que habitan en lugares distantes al Consulado, pueden remitir por correo al Consulado el formato de supervivencia debidamente notariado ante un notario público del Estado de la Florida, Islas Gran Caimán, o Bahamas, anexando copia de la comisión del Notario.




 

Cuándo recibo mi dinero?

Las fechas de pago serán trimestralmente así: Marzo 30, Junio 30, Septiembre 30 y Diciembre 30 de cada año. Este pago se hace a la tasa oficial de cambio del dólar del día que se hace el giro.



 

Cuánto me cuesta?

El valor del giro es de US$8 trimestrales, lo cuales serán descontados por la Corporación Colmena directamente.


 

Cómo consulto mis comprobantes de pago?

El Seguro Social ha implementado la consulta de comprobantes de pago para sus pensionados en el exterior, a través de la página WEB del ISS www.iss.gov.co .
El acceso a esta página se debe efectuar de la siguiente manera:

  • Ingresar al sitio Web : http://www.iss.gov.co
  • Acceder en el menú superior izquierdo el Link pensiones y de este la opción Pensionados en el exterior, en esta página encontrará consulta comprobantes de pago pensionados en el exterior, donde se encuentran cargados inicialmente los comprobantes de pago de los meses de julio y agosto del 2007.
  • El acceso a estos comprobantes requiere únicamente digitar el No. del documento de identificación del Pensionado


Nota: El vinculo directo a este sitio Web es:
http://www.iss.gov.co/pensiones/enexterior.htm



 

Cual es la página de FOPEP y CAJANAL

www.fopep.gov.co y www.cajanal.gov.co


Cómo me pongo en contacto con un funcionario del Consulado en el tema de las supervivencias?

Puede escribir un correo electrónico a supervivencias@consuladodecolombia.com o por correo al:

280 ARAGON AVENUE,
CORAL GABLES, FLORIDA 33134



 
 


 


 

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