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Registros


 

REGISTRO DE NACIMIENTO

NACÍ EN COLOMBIA Y NECESITO COPIA DE MI REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO PUEDO PEDIR COPIAS AUTENTICADAS EN EL CONSULADO EN MIAMI?

No. Si usted nació en Colombia y desea obtener la copia de su Registro Civil de nacimiento, debe hacer la solicitud directamente o por intermedio de un apoderado a la notaría en la cual fue registrado en Colombia. Para su trámite es necesario tener el número del registro, lo cual facilitará la búsqueda de este documento.
El Consulado no puede autenticar copias de un registro emitido por otro Consulado o Notaría
 

 

REGISTRO DE MATRIMONIO

YO ME CASÉ EN COLOMBIA Y ME DIVORCIÉ AQUÍ EN ESTADOS UNIDOS, PUEDO PRESENTAR LA SENTENCIA DE DIVORCIO AMERICANO PARA REGISTRAR MI MATRIMONIO?

No. Tenga en cuenta que el divorcio se realizó bajo las leyes americanas, pero en Colombia su matrimonio sigue vigente. Para dicho efecto usted debe hacer traducir la sentencia de divorcio estadounidense al español por un traductor oficial y debe hacer APOSTILLAR el documento. Una vez hecho este trámite debe enviarlo a Colombia, para que dicho divorcio sea presentado ante el Juez y puedan registrarlo en la Notaría correspondiente.

 

 

VIVO EN NEW YORK Y NO PUEDO VIAJAR A MIAMI PARA REGISTRAR MI MATRIMONIO, PUEDO ENVIAR UN HERMANO PARA QUE LO HAGA POR MI?

Sí. El registro es un documento que no necesita la presencia de los interesados, pero sí debe ser firmado al menos por un testigo, lo cual permite que su hermano u otro conocido se acerquen al Consulado a realizar dicho trámite. Solo debe presentarse con una identificación válida (Cédula de Ciudadanía si es colombiano o Pasaporte y licencia de conducir si es extranjero).
 

SI ME CASE EN OTRO PAÍS O ESTADO DE EEUU, PUEDO REGISTRAR EL MATRIMONIO EN EL CONSULADO?

No. El registro de Matrimonio deberá ser presentado por una tercera persona en el Consulado de Colombia en el País o estado donde se realizó el matrimonio, adjunto con los requisitos necesarios para realizar dicho trámite. De igual manera el registro se podría hacer en alguna de las Notarías del circuito de Bogotá. Tenga en Cuenta que el Registro de Matrimonio deberá ir Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores u oficina de apostillas de ese País o Estado.

 

AL REGISTRAR EL MATRIMONIO PUEDO CAMBIAR LOS APELLIDOS EN MI PASAPORTE?

No. Realmente los apellidos nunca cambian en el pasaporte, ya que este debe ser siempre expedido de acuerdo a la información de la Cédula de Ciudadanía, y en Colombia no existe la figura, donde la mujer adopta el apellido del esposo cuando cambia de estado civil.
Sin embargo lo que si se puede hacer es la aclaración en el pasaporte. Presentado el registro de matrimonio y el pasaporte colombiano vigente.

 

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REGISTRO DE DEFUNCIÓN

LA PERSONA MURIÓ EN COLOMBIA O EN OTRO ESTADO FUERA DE LA JURISDICCIÓN DEL CONSULADO DE LA FLORIDA, PUEDE REGISTRARSE LA DEFUNCIÓN EN EL CONSULADO DE MIAMI?.

No, si la persona murió fuera de la jurisdicción del consuldo de Miami, debe registrarse dicha muerte en el consulado que corresponda.
 
 

Cédulas

 


Qué es la Cédula de Ciudadanía?

La Cédula de Ciudadanía es el único documento válido para la identificación de los ciudadanos colombianos mayores de 18 años. La Cédula de Ciudadanía también permite a los ciudadanos colombianos ejercer sus derechos y acceder a las funciones públicas.




 

A qué edad se tramita la Cédula de Ciudadanía?

Es deber de todo colombiano hacer los trámites necesarios para obtener dicho documento al momento de cumplir la mayoría de edad o sea a los 18 años de edad.

Si la persona aún no ha cumplido los 18 años NO PUEDE iniciar el trámite.

La edad máxima de tramitar la Cédula es hasta los 25 años.
A partir de dicha fecha, el ciudadano entrará en Búsqueda Técnica de Registraduría lo cual puede tomar hasta dos años.




 

Quién expide la Cédula de Ciudadanía?

La Registraduría Nacional del Estado Civil a través de sus oficinas en el territorio nacional.
Los Consulados de Colombia en el exterior son INTERMEDIARIOS de dicha entidad al haber sido delegadas para que procesen las solicitudes de Cédulas a los ciudadanos que residen en el exterior.



 


 

La Cédula de Ciudadanía la hacen en el Consulado?

NO, las Cédulas de Ciudadanía son elaboradas por la Registraduría Nacional del Estado Civil en Colombia

 



 

Tengo un(a) hijo(a) mayor de 18 Años, nacido en Estados Unidos y deseo que obtenga una Cédula de Ciudadanía colombiana, qué debo hacer?

Su hijo(a) debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia más cercano a su lugar de residencia, con el Registro Civil de Nacimiento colombiano que lo obtiene registrándolo en el Consulado de Colombia de la jurisdicción correspondiente (ver registros de nacimiento) y los documentos básicos para obtención de Cédula por primera vez.



 

Mi hijo(a) nació en Colombia, qué requisitos debe llevar al Consulado para el trámite de cédula?

Su hijo (a) debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia con los requisitos para Cédula por primera vez.

 



 

Puedo hacer mi Cédula de Ciudadanía por correo?

No, la persona interesada debe presentarse PERSONALMENTE en el Consulado.

 



Me llega (me pueden enviar) la Cédula de Ciudadanía por correo?

Si, después de verificar en la página de internet de la Registraduria www.registraduria.gov.co y si aparece que su documento se encuentra en el Consulado General Central de Colombia en Miami, debe enviar un poder notarizado y con su huella al consulado de Colombia en Miami en donde autorice al mismo a enviarle su documento de identidad. Este poder debe ir dirigido a la Cónsul General y remitido al grupo de cédulas del Consulado. En esta carta debe incluirse la contraseña original o copia; un sobre estampillado, este sobre debe ir por correo certificado en donde incluya la dirección de correo a donde desea le llegue el documento.

 



 

Perdí mi Cédula de Ciudadanía y no recuerdo el número, que debo hacer?

Debe ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia, donde deberá informar sus apellidos y nombres completos (las mujeres deben informar el apellido de soltera), junto con la fecha de nacimiento, con el fin de tratar de localizar, a través de la Registraduría, su número de Cédula.


Nota:
No se garantiza la obtención del número de la Cédula, por lo tanto es importante que trate por sus propios medios de obtener el número que por lo general se encuentra escrito en otros documentos personales tales como el pasaporte, licencia de conducir de Colombia, escrituras de propiedades etc. Una vez se obtiene el número debe proceder a tramitar el duplicado. ver requisitos para duplicados de Cédulas.

 



 

Me encuentro de vacaciones en Estados Unidos y se me perdió mi Cédula.

Se aconseja hacer el trámite en Colombia, porque la cédula llegará después de 1 año y medio aproximadamente.

 



 

Me encuentro de vacaciones en Estados Unidos y extravié mi Cédula y mi Pasaporte.

Debe ponerse en contacto de inmediato con la oficina de Cédulas del Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia donde deberá informar el número de la Cédula junto con sus apellidos y nombres con el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Si su regreso a territorio colombiano es inminente, una vez confirmado el número de su Cédula deberá entrevistarse con el Cónsul o Vicecónsul encargado del área de Pasaportes, quien determinará, si es el caso, expedirle un pasaporte provisional de regreso a territorio colombiano con la confirmación del número de la Cédula.



 

Me encuentro de vacaciones y perdí mi Cédula y mi Pasaporte y mi viaje no es de regreso a Colombia

Debe ponerse en contacto de inmediato con la oficina de Cédulas del Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia donde deberá informar el número de la Cédula junto con sus apellidos y nombres con el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Si su viaje es inminente, una vez confirmado el número de su Cédula deberá entrevistarse con el Cónsul o Vicecónsul encargado del área de Pasaportes, quien determinará el procedimiento a seguir.

 



 

Perdí mi Cédula de Ciudadanía y deseo hacer el reporte de pérdida de la misma.


Por cuanto la Cédula de Ciudadanía en territorio americano no es considerada un documento de identificación, las autoridades locales no aceptan denuncia por la pérdida de la misma. En los Consulados no se reciben denuncias ya que no tienen las funciones de inspección de Policía, por lo tanto debe ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado mas próximo a su lugar de residencia donde deberá aportar el número de Cédula, apellidos y nombres completos con el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional del Estado Civil. Una vez confirmados deberá tramitar un duplicado de Cédula

 



 

Hace varios años tramité mi Cédula en el Consulado y nunca la he reclamado.

Para reclamar su Cédula es necesario presentarse al Consulado junto con la contraseña del trámite de la Cédula. En caso de que haya perdido la contraseña deberá presentar el pasaporte colombiano vigente. Antes de acercarse al Consulado verifique si su Cédula esta lista para entrega en la página web del Consulado o llame al (305) 448-5558.



 

Mi Cédula está muy deteriorada o dañada, qué debo hacer?

Debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia con los requisitos necesarios para el duplicado de Cédula

 



 

No reclamé mi Cédula en Colombia y ahora la necesito, qué debo hacer.

Debe autorizar a un familiar o amigo, mediante poder especial debidamente autenticado, para que en su nombre reclame el original de la Cédula. Es necesario que también envíe la contraseña.

 



 

Los datos que aparecen en mi Cédula están incorrectos.

Para iniciar el trámite de la rectificación es requisito indispensable, ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos completos y nombres tal como aparece en el documento. Las mujeres casadas deben siempre informar el apellido de soltera, para hacer la respectiva confirmación.
Una vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado con una copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento, donde figuren los datos correctos (los nacidos antes del 15 de Junio de 1938 deben aportar la partida de bautismo) y los demás documentos necesarios para el duplicado de Cédula

 



 

Quiero que mi apellido de casada aparezca en mi Cédula de Ciudadanía.

Si aparece en su Cédula con los apellidos paterno y/o materno debe hacer el cambio de nombre en el Registro Civil de Nacimiento mediante escritura pública de cambio de nombre. una vez hecho este cambio deberá presentarse a la oficina de Cédulas del Consulado junto con la copia auténtica del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para lo cual deberá, también, presentar los requisitos necesarios para duplicado de Cédula

 



 

Quiero suprimir mi apellido de casada en la Cédula de Ciudadanía.


Para iniciar el trámite de rectificación es requisito indispensable, ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos completos y nombres (tal cual aparece en el documento para hacer la respectiva confirmación ante la Registraduría Nacional del Estado Civil).
Una vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado con una copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento, donde figuren los apellidos paterno y/o materno (los nacidos antes del 15 de Junio de 1938 deben aportar la Partida de Bautismo) y los demás documentos necesarios para el duplicado de Cédula. Igualmente deberá elevar una solicitud a la Registraduría Nacional expresando su deseo de suprimir la partícula “De”. Este formulario es suministrado por el Consulado al momento de presentar los demás documentos para la rectificación.

 



 

Deseo cambiar el nombre o el apellido en mi Cédula de Ciudadanía.

Primero que todo debe hacer el cambio en el Registro Civil de Nacimiento mediante Escritura Pública de cambio de nombre. Una vez hecho este cambio deberá presentarse a la oficina de Cédulas junto con la copia autenticada del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para lo cual deberá, también, presentar los requisitos necesarios para duplicado de Cédula.

 



 

Me casé en los Estados Unidos y cambié mi nombre y quiero que así aparezca en mi Cédula de Ciudadanía.

Primero que todo debe hacer el cambio en el Registro Civil de Nacimiento mediante Escritura Pública de cambio de nombre. Una vez hecho este cambio deberá presentarse a la oficina de Cédulas junto con la copia autenticada del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para lo cual deberá, también, presentar los requisitos necesarios para duplicado de Cédula.

 



 

Necesito tramitar mi Cédula (primera vez) (duplicado) (rectificación), vivo lejos o por motivos de trabajo no puedo ir personalmente al Consulado. Qué debo hacer?

La persona DEBE presentarse personalmente al Consulado más cercano para hacewr dicho trámite.
De ninguna otra forma que no sea la presentación personal se puede tramitar la Cédula, duplicado o rectificación, ya que se necesita tomar las huellas dactilares y estampar la firma del solicitante.

 



 

 

Que debo hacer para reclamar la cédula?

Debe presentarse personalmente con su contraseña o pasaporte para recibir su documento en las oficinas del Consulado. También puede autorizar a un familiar o amigo, mediante poder especial debidamente autenticado y notarizado, para que en su nombre reclame el original de la Cédula. Es necesario que también envíe la contraseña.
Es posible enviarle su cédula por correo si envía una solicitud escrita, autenticada y notarizada (por un notario de la Florida) dentro de un sobre, en el cual incluya otro sobre con el importe del correo prepagado.

 



 

Están renovando las Cédulas en el Consulado?


Las actuales Cédulas de Ciudadanía son válidas hasta el 31 de diciembre de 2009.
Si desea mayor información visitar la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil http://www.registraduria.gov.co/Tramites/cc_renv_ang.htm


 


 


 

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