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Antecedentes Judiciales DAS
Residencia
Menajes
Poderes
Salida de Menores
Supervivencias
Qué es apostillar
Puedo apostillar mis notas o diplomas?
Puedo adelantar practica en el Consulado?
Factura Comercial
Cómo llevar animales?
Registros
Cédulas
Cooperación Judicial
Exhortos
Puedo Presentar una denuncia en el Consulado?
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| Cooperación
Judicial |
- Qué
es un exhorto?
- Qué
hace la oficina de cooperacion judicial del consulado?
los
juzgados pueden enviar los exhortos directamente
al consulado?
- Cuál
es el procedimiento para un exhorto?
- Puedo
ir directamente a que se me practique la diligencia
[testimonio; declaración juramentada; interrogatorio;
indagatoria] solicitada por el juzgado en un exhorto
antes de que se surta el tramite ante el
ministerio de relaciones exteriores?
- Sé
que hay un proceso judicial en colombia, puedo
pedir que se me practique un exhorto en el consulado?
- De
quiénes sí se reciben solicitudes
directas?
- Mi
abogado me envió por correo (fax, correo
electronico) una diligencia (testimonio, interrogatorio,
declaración juramentada) y me dijo que
me acercara al consulado para hacerla.
- Qué
diligencias (trámites) se efectúan
en la oficina de cooperación judicial del
consulado de colombia?
- Fui
citado a una diligencia en la oficina de cooperación
judicial, no entiendo qué es o para qué?
- Fui
citado a una diligencia en la oficina de cooperación
judicial, y me piden que lleve mi Cedula de Ciudadanía
y no tengo, puedo llevar mi licencia de conducir
de los Estados Unidos?
- Fui
llamado(a) a una indagatoria
- Puedo
asistir a una diligencia de indagatoria sin abogado?
- No
tengo para pagar un abogado defensor, el consulado
me presta ese servicio?
- Debo
ir a la diligencia de interrogatorio a la que
fui citado con abogado?
- Fui
citado a una notificación, debo ir acompañado
(a) de un abogado?
- No
puedo asistir a la diligencia a la que me citaron,
me pueden cambiar la fecha de la misma?
- No
puedo asistir a la diligencia, me pueden enviar
el cuestionario por correo? Puedo responder ante
un notario aquí donde vivo?
- Sé
que hay un consulado móvil aquí
donde vivo y tengo un exhorto, puedo hacer la
diligencia acá y no ir hasta miami?
- Me
citaron a una prueba de adn
- Puedo poner una denuncia por inasistencia alimentaria?
- Me
enviaron una citación donde me dicen que
la superintendencia de sociedades me está
haciendo una investigación cambiaria
- Puedo
presentar una demanda en el consulado?
- Puedo
presentar una denuncia en el consulado?
- Presentar
esa denuncia tiene algún costo?
- Presenté
una denuncia hace un tiempo y quiero saber en
qué va y qué pasó?
- Llamo
de una compañía x y soy proveedora
de una en colombia. Me llegó un exhorto
(citatorio, una carta) en la cual me solicitan
una información porque le están
adelando una investigación de la dian a
una compañía con la que tenemos
negocios en colombia, eso qué es y por
qué me lo mandan a mi?
- Cuál
es el horario de atención en esa oficina
de cooperación judicial?
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Qué
es un exhorto?
Respuesta
Un
EXHORTO es un llamado
que efectúa una autoridad para que, de
acuerdo con el artículo 193 del Código
de Procedimiento Civil colombiano, los Consulados
de Colombia en el exterior realicen todas las
pruebas que sean ordenadas en el extranjero, cuando
el proceso lo exija
.
Aunque equivicadamente, los EXHORTOS
también son llamados CARTAS ROGATORIAS
y DESPACHOS COMISORIOS.
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Qué
hace la oficina de cooperacion judicial del consulado?
Respuesta
La
Oficina de Cooperación Judicial del Consulado
General Central de Colombia en Miami, tiene
a cargo la labor de tramitar y adelantar los exhortos
enviados desde las diferentes entidades que tanto
administrativa como judicialmente
tienen la autorización legal para hacerlo.
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los
juzgados pueden enviar los exhortos directamente
al consulado?
Respuesta
No.
A través de la Coordinación
de Cooperación Judicial de la
Dirección de Asuntos Consulares
del Ministerio
de Relaciones Exteriores se reciben las solicitudes
emanadas de los Juzgados, Tribunales y Altas Cortes
del país
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Cuál
es el procedimiento para un exhorto?
Respuesta
Aunque
los jueces y demás autoridades se refieren
indistintamente a esta diligencia como exhorto,
carta rogatoria y/ o despacho comisorio, en estricto
sentido legal cada una de estas diligencias tiene
implicaciones diferentes.
En todo caso el EXHORTO deberá
ser remitido a la Coordinación de Cooperación
Judicial de la Dirección de Asuntos Consulares
del Ministerio de Relaciones Exteriores, el que
a su vez, previa revisión de los documentos
recibidos, lo remitirá al Consulado General
de Colombia en Miami.
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Puedo
ir directamente a que se me practique la diligencia
[testimonio; declaración juramentada; interrogatorio;
indagatoria] solicitada por el juzgado en un exhorto
antes de que se surta el tramite ante el
ministerio de relaciones exteriores?
Respuesta
No.Salvo
los convenios suscritos entre entidades, o sea,
entre el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
y la FISCALIA GENERAL DE LA NACION
y la DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS
NACIONALES, todos los exhortos deben
ser recibidos en la Coordinación
de Cooperación Judicial de la
Dirección de Asuntos Consulares
del Ministerio
de Relaciones Exteriores ANTES de llegar al
Consulado de Colombia respectivo.
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Sé
que hay un proceso judicial en colombia, puedo pedir
que se me practique un exhorto en el consulado?
Respuesta
NO
SE RECIBEN solicitudes DIRECTAS
de ciudadanos para la práctica de
exhortos. |
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De
quiénes sí se reciben solicitudes
directas?
Respuesta
-
De manera directa, con base en diferentes
convenios y normatividades, se reciben los
requerimientos de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales, así como de la
Fiscalía General de la Nación
y de las diferentes notarías del país
que solicitan la colaboración de esta
Misión Consular para la fijación
de edictos relacionados con la celebración
de matrimonios entre ciudadanos colombianos
y extranjeros en Colombia.
-
*Igualmente
se reciben exhortos provenientes de la Superintendencia
de Sociedades, en virtud de las investigaciones
administrativas cambiarias que adelantan y
de las diferentes regionales del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar
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Mi
abogado me envió por correo (fax, correo
electronico) una diligencia (testimonio, interrogatorio,
declaración juramentada) y me dijo que me
acercara al consulado para hacerla.
Respuesta
NO
SE RECIBEN solicitudes DIRECTAS de ciudadanos
para la práctica de exhortos
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Qué
diligencias (trámites) se efectúan
en la oficina de cooperación judicial del
consulado de colombia?
Respuesta
En
razón de los distintos requerimientos que
efectúan las entidades judiciales y administrativas
antes mencionadas, en la Oficina de Cooperación
Judicial se llevan a cabo, entre otras, las siguientes
diligencias:
-
Recepción de testimonios
- Interrogatorios
de parte
- Declaraciones
juramentadas
- Recepción
de denuncias por delitos cometidos en Colombia
- Indagatorias
- Notificaciones
- Edictos
- Requerimientos
de ofrecimientos de alimentos;
- Actas
de presentación de subrogados penales
cuando hay ejecución condicionada de
las penas
- Diligencias
de visitas domiciliarias;
- Diligencias
en cárceles y centros de detención
- Conceptos
legales sobre casos de las otras áreas
del Consulado
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Fui
citado a una diligencia en la oficina de cooperación
judicial, no entiendo qué es o para qué?
Respuesta
Póngase
en contacto con nosotros a través de nuestros
correos electrónicos judicial@consuladodecolombia.com
o vicecmiami@gmail.com
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Fui
citado a una diligencia en la oficina de cooperación
judicial, y me piden que lleve mi cédula
de ciudadanía y no tengo, puedo llevar mi
licencia de conducir de los Estados Unidos?
Respuesta
-
En la diligencia debe identificarse como se identifique
EN Colombia.
- Si
tiene doble nacionalidad, con su cédula
de ciudadanía colombiana.
- Si
es ciudadano de otro país y NO de Colombia,
con su pasaporte VIGENTE y/ o
su licencia de conducir VIGENTE.
- El
ÚNICO documento válido
de identificación en Colombia es la cédula
de ciudadanía.
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Fui
llamado(a) a una indagatoria
Respuesta
Para
TODAS LAS DILIGENCIAS a llevarse
a cabo en la Oficina de Cooperación Judicial
es INDISPENSABLE:
-
La
debida identificación del compareciente
que para todos los efectos, en el caso de
los ciudadanos colombianos, se hace con la
CÉDULA DE CIUDADANÍA
-
En
el caso de los ciudadanos extranjeros con
su PASAPORTE VIGENTE
-
En
el caso de los extranjeros residentes en los
Estados Unidos su LICENCIA DE CONDUCIR
VIGENTE del respectivo Estado.
Para
las diligencias de INDAGATORIA de
acuerdo con la legislación penal vigente
en COLOMBIA la persona deberá:
-
Comparecer acompañada de su ABOGADO APODERADO,
debidamente indentificado con su CÉDULA
DE CIUDADANÍA
- TARJETA
PROFESIONAL DE ABOGADO EN COLOMBIA VIGENTE.
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Puedo
asistir a una diligencia de indagatoria sin abogado?
Respuesta
No,
la ley penal en Colombia no lo permite ya que
generaría nulidad en la diligencia.
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No
tengo para pagar un abogado defensor, el consulado
me presta ese servicio?
Respuesta
Si
no comparece acompañado de su ABOGADO
DEFENSOR no es
posible suministrale uno de oficio, por lo cual
se le sugiere comparecer en todo caso para dejar
la constancia de su imposibilidad y razones por
las cuales no puede estarlo.
Para mayor información relacionada con
el GLOSARIO
de las diligencias de carácter penal
visitar la página web de la Fiscalia de
la Nación www.fiscalia.gov.co
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Debo
ir a la diligencia de interrogatorio a la que fui
citado con abogado?
Respuesta
Si Usted así lo desea, pero no es obligatorio.
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Fui
citado a una notificación, debo ir acompañado
(a) de un abogado?
Respuesta
No. Debe presentarse personalmente
con su cédula de ciudadanía.
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No
puedo asistir a la diligencia a la que me citaron,
me pueden cambiar la fecha de la misma?
Respuesta
Sí.
Escríbanos un correo electrónico
a judicial@consuladodecolombia.com
o a vicecmiami@gmail.com
explicando las razones para la solicitud del cambio
y proponiendo una o dos fechas tentativas y por
ese mismo medio se le responderá informándole
la nueva fecha para su diligencia.
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No
puedo asistir a la diligencia, me pueden enviar
el cuestionario por correo? Puedo responder ante
un notario aquí donde vivo?
Respuesta
No.
Las diligencias judiciales exigen su presentación
personal o por medio de su apoderado debidamente
acreditado.
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Sé
que hay un consulado móvil aquí donde
vivo y tengo un exhorto, puedo hacer la diligencia
acá y no ir hasta miami?
Respuesta
No.
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Me
citaron a una prueba de adn
Respuesta
PRUEBAS
DE ADN: Algunos Juzgados de Familia solicitan
la práctica de diligencias dentro de procesos
de paternidad con pruebas de ADN,
para lo cual el respectivo Juzgado deberá
suministrar la información precisa relacionada
con la toma de las muestras para lo que, adicionalmente,
la persona a la que se le deba efectuar debe
asistir acompañada de una enfermera
debidamente acreditaba ya que en las instalaciones
del Consulado no se cuenta con este servicio ni
se cuenta con un dispensario de salud.
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"Puedo poner una demanda por inasistencia alimentaria en el Consulado?
Qué hago si el padre/ la madre de mi hijo no responde por los alimentos y el sostenimiento de mi hijo menor de edad?
Tengo que ir a Colombia a poner una denuncia/ demanda por el no pago del sostenimiento de mi hijo menor de edad por parte de su padre?"
Respuesta
Los procesos relacionados con cuota de alimentos y sostenimiento para los hijos menores de edad en los cuales el padre que incumple con su obligacion reside en Colombia deben adelantarse ante un Juez de Familia o ante una Comisaria de Familia en Colombia, para lo cual requerira los servicios de un abogado que en su calidad de apoderado la represente ante el respectivo Despacho sin necesidad de tener que desplazarse hasta el pais. En todo caso debera elaborar un poder especial para que dicho abogado tenga la facultad de representarla, el cual puede notarizar en este Consulado General o, en caso de vivir lejos de él, ante un notario del Estado de la Florida el cual deberá ser adicionalmente apostillado ante el Departamento de Estado de la Florida en Tallahassee, esto último pudiéndose hacer por correo.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través de sus Defensorías de Familia prestan asesorías sobre esta materia. Puede contactarlos a través de su sitio web www.icbf.gov.co o a través de los números telefónicos de las distintas Regionales que allí puede encontrar igualmente.
Si ya ha habido una decisión judicial anterior que fijó el monto de la cuota de alimentos y éste la está incumpliendo, usted puede interponer mediante declaración juramentada una denuncia sobre dichos hechos ante la Fiscalía General de la Nación para que investigue dicho delito, e inicie las acciones penales del caso. Eso se puede efectuar en la Oficina de Cooperación Judicial de este Consulado General, para lo cual usted deberá comparecer con un documento escrito por usted en el que, indicando que es una declaración bajo juramento, narre todos los hechos y los respalde con la documentación que confirme sus afirmaciones como ciertas. Esto no tiene ningún costo y puede solicitar una cita para esta oficina por este mismo correo electrónico que se le confirmará por este mismo medio.
Finalmente, es importante recalcar que la información aquí suministrada no constituye asesoría legal o jurídica privada para ningún caso en particular, para lo cual deberá contactar un abogado o apoderado de confianza y que, así mismo, todo lo aquí indicado es de carácter meramente informativo y no compromete en nada al remitente, al Consulado de Colombia en Miami ni al Ministerio de Relaciones Exteriores con las terceras entidades a las que se hiciera mención.
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Me
enviaron una citación donde me dicen que
la superintendencia de sociedades me está
haciendo una investigación cambiaria
Respuesta
Es importante saber que el Régimen Cambiario
en Colombia exige que, de acuerdo con el Decreto
1746 de 1991 las personas no residentes en Colombia
que ingresen dinero al país con el propósito
de adquirir bienes inmuebles debe efectuar el
registro de la inversión extranjera ante
el BANCO DE LA REPUBLICA.
Formularios:
Puede bajar los de Registro
de Inversión Extranjera en la página
web del Banco de la República en www.banrep.gov.co
Para mayor claridad comunicarse con el BANCO
DE LA REPÚBLICA en Colombia o en la
SUPERINTENDENCIA
DE SOCIEDADES- Dirección de Deuda Externa.
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Puedo
presentar una demanda en el consulado?
Respuesta
No.
En el Consulado sólo puede efectuar el
trámite de consularizar, autenticar o notarizar
el PODER ESPECIAL mediante el cual autoriza a
su abogado a presentar la demanda EN Colombia.
La legislación en Colombia NO permite presentar
demandas civiles, de familia, laborales o comerciales
por fuera del territorio nacional.
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Puedo
presentar una denuncia en el consulado?
En
los Consulados no se reciben
denuncias ya que no tienen las funciones de inspección
de Policía
SIN EMBARGO la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Fiscalía
General de la Nación recibe de los Consulados
en el exteriores las DECLARACIONES JURAMENTADAS
mediante las cuales las personas EN EL
EXTERIOR quieren poner en conocimiento
de las autoridades EN COLOMBIA sobre
hechos ocurridos EN COLOMBIA
que sean considerados delitos o crímenes.
Para ello, puede comparecer a la Oficina de Cooperación
Judicial del Consulado más cercano, con
su documento de identificación y efectuar
ante el respectivo funcionario su declaración
bajo la gravedad del juramento.
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Presentar
esa denuncia tiene algún costo?
Respuesta
No.
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Presenté
una denuncia hace un tiempo y quiero saber en qué
va y qué pasó?
Respuesta
Las
investigaciones iniciadas por las declaraciones
juramentadas recibidas en el Consulado y remitidas
a la Dirección de Asuntos Internacionales
de la Fiscalía son asumidas directamente
por LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION
en la respectiva regional en Colombia.
Este Consulado NO recibe información
adicional sobre el curso de dichas investigaciones
o procesos judiciales y por parte los ciudadanos
deben ponerse en contacto con dicho ente directamente
en Colombia.
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Llamo
de una compañía x y soy proveedora
de una en Colombia. Me
llegó un exhorto (citatorio, una carta) en
la cual me solicitan una información porque
le están adelando una investigación
de la dian a una compañía con la que
tenemos negocios en colombia, eso qué es
y por qué me lo mandan a mi?
Respuesta
En la mayoría de los casos, los requerimientos
provenientes de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales implican la petición
a personas naturales o jurídicas de los
Estados Unidos de América - dentro de nuestra
área de jurisdicción - de información
o soportes relacionados con transacciones
comerciales llevadas a cabo con personas naturales
o jurídicas en Colombia
en razón de investigaciones administrativas.
Por lo anterior, con base en el procedimiento
fijado por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
se efectúan hasta tres (3) citaciones por
medio de correo certificado, que se remiten en
un intervalo determinado por la recepción
o rechazo de la notificación
de arribo de dicho correo.
En caso de otro tipo de dudas, puede escribir
a judicial@consuladodecolombia.com
o a vicecmiami@gmail.com
Inicio..
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Cuál
es el horario de atención en esa oficina
de cooperación judicial?
Respuesta
Las
citas se asignan de 8:30 a.m. a 1:00 p.m.
Lunes a Viernes.
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