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En el momento este Consulado, no
está tramitando Adopciones**
El
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar desea,
mediante este instructivo, brindarle información acerca
de la adopción en Colombia, indicándole los requisitos
y trámites administrativos, requeridos para adelantar
este proceso en nuestro país.
Es
por ello, que le recomendamos leer este instructivo
detenidamente antes de proceder a diligenciar su formulario
de solicitud. Si después de leerlo desea que se le
resuelva alguna inquietud le solicitamos dirigirse
a la Regional o Centro Zonal del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, en el cual le fue entregado
este instructivo (para el caso de los residentes en
Colombia); o comunicarse con la División de Adopciones
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al
teléfono número 3 108574 0 por correo, al Apartado
Aéreo número 18116 o a la Avenida 68 No. 64-01 Bogotá
D.C, Colombia (si reside fuera de Colombia). Le solicitamos
sea concreto en el diligenciamiento del formulario
y mencionar siempre la dirección a la cual debe enviársele
la comunicación.
INTRODUCCION
En
Colombia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,
es el Organismo del Estado encargado de proteger al
menor de edad y garantizarle sus derechos.
Para
ello cuenta con instrumentos jurídicos como lo es
el Código del Menor, el cual contiene medidas de protección
para los menores en situación irregular. Entre
estas medidas se encuentra la de la adopción de un
menor abandonado.
El
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través
del desarrollo del programa de adopción, vela por
brindar hogares estables a los menores que carecen
de él. Es por ello, que la entidad estudia y
analiza las solicitudes de parejas e individuos que
manifiestan su deseo de recibir un menor como hijo
y aprueba aquellos que demuestren su capacidad para
ofrecerle las mejores condiciones afectivas, familiares,
mentales, físicas, morales, intelectuales, sociales
y económicas, en el hogar que el niño necesita, con
la conciencia plena de que al recibirlo, la situación
afectiva y legal es la misma que cuando se recibe
un hijo biológico.
El
Código del Menor, Decreto Ley 2737 de noviembre 27
de 1989, en su Sección Quinta, Artículos 88 a 128,
se ocupa de la adopción.
LA
ADOPCIÓN
I. Qué es la adopción?
Según
el Articulo 88 del Código del Menor: "La adopción
es, principalmente y por excelencia, una medida de
protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia
del Estado, se establece de manera irrevocable, la
relación paterno filial entre personas que no la tienen
por naturaleza".
II. Cuales son
las calidades que se exigen a quienes desean adoptar
en Colombia?
Según
lo establecido en el Código del Menor, las siguientes
son las calidades exigidas a quienes desean adoptar
conjunta o individualmente:
Ser
plenamente capaces.
Que
hayan cumplido 25 anos de edad
Que garanticen la idoneidad física,
mental, moral y social suficiente para ofrecerle un
hogar adecuado y estable a un menor.
Ill. Quiénes pueden adoptar
conjuntamente?
Los
cónyuges (esposos).
La
pareja formada por el hombre y la mujer que demuestre
una convivencia ininterrumpida de por lo menos 3 años.
Este término se contara a partir de la separación
legal de cuerpos, si con respecto a quienes conforman
la pareja o a uno de ellos, estuviere vigente un vínculo
matrimonial anterior. (Articulo 90 del Código del
Menor).
IV. Cómo
se demuestra en Colombia la convivencia ?
Según
el parágrafo del Articulo 105 del Código del Menor:
Es prueba idónea de la convivencia extramatrimonial
cualquiera de las siguientes:
Declaración
extra-proceso de tres testigos con citación y audiencia
del Defensor de Familia.
La
inscripción del compañero o compañera permanentes
en los registros de las Cajas de Compensación Familiar
o de las Instituciones de Seguridad o Previsión Social.
El
acta del matrimonio celebrado ante la autoridad competente
de otro País, con el lleno de los requisitos establecidos
en el Código de Procedimiento Civil para la autenticación
de documentos otorgados en el exterior.
Inscripción
en el libro de varios de la Notaría del lugar de domicilio
de la pareja, con antelación no menor de tres (3)
años.
El
registro civil de nacimiento de los hijos habidos
por la pareja con una antelación no menor de tres
(3) años. Para el cómputo de este término se
tendrán en cuenta los 270 días-que antecedieron al
nacimiento.
V.
Quiénes pueden adoptar individualmente?
Las
personas solteras, viudas o separadas.
El
adoptante casado no separado de cuerpos, sólo podrá
adoptar con el consentimiento
de su cónyuge.
VI. Que
menores se pueden adoptar?
En
Colombia se puede adoptar a:
Menores
de 18 años declarados en situación de abandono.
Menores
cuya adopción haya sido consentida previamente por
sus padres.
Menores
de 18 años cuya adopción haya sido autorizada por
el Defensor de Familia del Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, cuando el menor no se encuentre
en situación de abandono y carezca de Representante
Legal.
El
hijo de uno de los cónyuges podrá ser adoptado por
el otro.
Podrá
adoptarse también, al mayor de 18 años cuando el adoptante
hubiere tenido el cuidado personal
del adoptable, antes de que éste cumpliere los 18
años.
VII.
Consideraciones para el trámite
de solicitudes de adopción
Como
se anotó inicialmente, la adopción requiere de trámites
administrativos ante el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar y trámites judiciales ante un Juez de Familia
o Promiscuo de Familia.
Nos
ocuparemos en esta parte únicamente del trámite ante
el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Los
interesados en solicitar un menor en adopción, al
diligenciar su formulario Solicitud de Adopción, deben
tener en cuenta en relación con el menor deseado,
los criterios técnicos establecidos por el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, para la selección
y asignación de los menores candidatos a la adopción.
Aun
cuando cada solicitud de adopción merece un estudio
especial, en consideración al interés superior de
nuestros menores, damos prioridad a las solicitudes
de parejas:
Que
carecen de hijos.
Que
teniendo un hijo biológico o adoptivo, desean un segundo
hijo.
Que
solicitan en adopción grupos de hermanos.
Que
solicitan en adopción niños o niñas mayores de 7 años.
Que
solicitan en adopción un hijo con dificultades físicas
o mentales.
Si
usted cuenta con la fortuna de tener varios hijos
biológicos o adoptivos, tenga presente que son innumerables
las solicitudes de parejas que esperan su primer hijo,
y que estas son prioritarias para nosotros, además
de lo anterior, la edad de los solicitantes, es otro
factor fundamental para la asignación del menor; procuramos
que los niños pequeños de 0 a 3 años sean acogidos
en hogares de parejas jóvenes (entre 25 a 35 años),
niños entre 3 y 6 años en hogares de parejas entre
36 y 44 años y los niños mayores de 7 años en hogares
de personas con edades superiores a 45 años.
Le
rogamos tener en cuenta nuestros criterios, al solicitar
un menor en adopción, puesto que si usted por
ejemplo tiene una edad superior a los rangos anotados
y nos solicita un menor cuya edad no corresponda,
su solicitud no estará dentro de las más opcionadas.
Deben
igualmente saber, que todos los aspectos contenidos
en su solicitud serán verificados y si los solicitantes
no reúnen condiciones para recibir un menor en adopción,
no será aceptada esta solicitud.
Importante:
La
presentación del formulario <<Solicitud de Adopción>>
y los documentos anexos al mismo, no obliga al Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar a aceptar a los solicitantes.
INSTRUCCIONES PARA EL TRAMITE DE
SOLICITUDES DE ADOPCIÓN DE COLOMBIANOS Y EXTRANJEROS
RESIDENTES EN EL EXTERIOR
El
formulario de <<Solicitud de Adopción>>,
diligenciado, deberá anexar la totalidad de documentos
que se relacionan a continuación, los cuales constituyen
un elemento de análisis para la aprobación o rechazo
de su solicitud sin embargo, es importante destacar
nuevamente que el envío de estos documentos no significa
compromiso de aprobación por parte del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar:
Registros
o actas civiles de nacimiento de los solicitantes.
Registro
civil o acta de matrimonio de la pareja solicitante.
Sentencia
de divorcio en caso de matrimonios anteriores, en
donde consten las causas que lo motivaron.
Certificado
vigente de antecedentes penales o policivos de los
adoptantes, expedido por autoridad competente, en
la que conste que no tienen antecedentes penales.
Certificado
sobre capacidad económica expedida por la entidad
donde laboran, en la cual conste tiempo de servicios
y sueldo devengado, en dólares.
Si
trabajan en forma independiente, deben enviar certificación
expedida por un Contador Juramentado o copia
de la última declaración de renta.
Tres
cartas de recomendación expedidas por personas que
los conozcan, como pareja, certificando, su aptitud
para adoptar.
Certificados
médicos que expresen claramente que no padecen enfermedades
físicas ni mentales y que son aptos para adoptar,
expedido por médico legalmente autorizado.
Documento
por el cual se certifique nacionalidad de hijos adoptados
anteriormente.
Si
presenta la solicitud a través de abogado, anexe poder
o manifestación escrita en la cual especifique
el nombre de éste.
Permiso
concedido por las autoridades competentes de su país
para adoptar (cuando el país de origen de los
adoptantes lo exija para la legalización de la adopción).
Certificado
de compromiso de seguimiento expedido por entidad
gubernamental o privada, oficialmente autorizada
donde exprese claramente la garantía de hacer llegar
informes periódicos sobre la adaptación del
niño a su nuevo hogar, hasta la nacionalización del
menor en el país de origen de los adoptantes.
Autorización
del gobierno del país de residencia de los adoptantes
para el ingreso del menor adoptable.
Original
del estudio psicológico y social, elaborado por profesionales
competentes, vinculados a un organismo oficial o una
Agencia autorizada por el gobierno de su País, que
coordine con el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar, programas de adopción.
Todos
estos documentos deben aportarse en original, debidamente
notarizados y autenticados ante el Cónsul Colombiano
en su país y en Colombia deben ser traducidos por
Traductor oficialmente reconocido en Colombia y posteriormente
legalizada la firma del Cónsul Colombiano ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores, por tal motivo
usted debe remitir los documentos para estos trámites
al abogado que lo representará, a una persona de confianza
que conozca en Colombia o hacerlo a través de una
Agencia de Adopción, quienes posteriormente deberán
entregarlos al ICBF, División de Adopciones,
Sede Nacional.
La
solicitud de adopción será estudiada por la División
de Adopciones del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar y se le comunicará su aprobación o rechazo,
en un plazo de un mes a partir de la fecha en que
sean radicados los documentos.
La
solicitud y la documentación debidamente aprobadas,
ingresaran a la lista de espera atendiendo a
su estricto orden cronológico de aprobación, hasta
cuando se les pueda asignar el menor deseado,
según las características solicitadas.
Esta
asignación, les será comunicada a través de la Agencia
de Adopción, su Abogado o la persona de confianza
que los representen según el caso, donde se les indicara
el nombre del niño(a) o los niños que les hayan sido
asignados, adjuntando a ésta los respectivos informes
social, psicológico, médico, fotografías del niño
y todos los demos datos necesarios y suficientes del
menor que les permita la toma de una decisión consciente.
El
plazo para la comunicación escrita de aceptación o
rechazo del menor asignado es de dos (2) meses.
Se requiere que ustedes manifiesten su aceptación
en forma escrita la Regional del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar que se les indique. Conocida
su respuesta de aceptación del menor, el Instituto,
a través de su Abogado, la Agencia o la persona de
confianza en Colombia a quien ustedes hayan autorizado,
les impartirá instrucciones respecto a:
Fecha
en que deben desplazarse a Colombia para recibir a
su hijo, e iniciar el proceso de adopción ante el
Juez de Familia.
Tiempo
de duración aproximado del proceso.
Durante
el tiempo en que permanecen ambos padres en Colombia,
un funcionario del área social del Instituto, observará
el tipo de relación de los padres con los niños y
viceversa y de acuerdo a esa percepción elaborará
una constancia sobre integración personal del menor,
con los adoptantes. Así mismo, el Defensor de
Familia emitirá un concepto favorable a la adopción,
mediante entrevista que sostenga con los padres, esta
certificación se anexará a la demanda de adopción.
Decretada,
ejecutoriada la adopción y expedido el nuevo registro
del menor con los nombres de ustedes como padres,
podrán salir del país con su hijo.
Estos
documentos y el pasaporte del menor, les serán exigidos
para la Salida del País.
Una
vez en su país deberán proceder a la nacionalización
del menor.
Consideraciones
generales
La
adopción es irrevocable.
El
adoptivo llevará los apellidos de los adoptantes.
Por
la adopción el adoptivo deja de pertenecer a su familia
y se extingue todo parentesco de consanguinidad con
la misma.
La
adopción establece parentesco civil entre el adoptivo
y el adoptante y los parientes consanguíneos
o adoptivos de éste
Las
solicitudes de adopción de colombianos, cuando llenan
los requisitos establecidos por el Código
del Menor tienen prelación o preferencia frente a
las que presentan los extranjeros.
Los
trámites que se adelantan ante el Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, en relación con las adopciones
son totalmente gratuitos.
En
ningún caso, los funcionarios del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, pueden cobrar dinero directamente
por adopción.
INSTRUCTIVO
PARA DILIGENCIAR EL FORMULARIO
SOLICITUD
DE ADOPCIÓN
Generalidades:
Es
fundamental que ustedes diligencien todas las casillas
del formulario de Solicitud de Adopción*, con excepción
del código solicitud que se encuentra en la margen
superior derecha. Este le será asignado por
el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, una
vez recibida la totalidad de la documentación y será
el número de identificación de su solicitud.
Escriba
en idioma ESPAÑ0L en máquina o letra imprenta.
Diligencie
sólo una (1) solicitud, no envíe copia.
El
formulario de solicitud y la totalidad de los documentos
deben remitirse a la División de Adopciones de la
Sede Nacional del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar, Apartado Aéreo 18116, de Santafé de Bogotá,
Colombia, directamente, (debidamente traducidos ante
el Ministerio de Relaciones Exteriores), a través
de su apoderado, (abogado) o de una persona de confianza
que lo conozca en Colombia o de la Agencia de Adopción
que representa su país.
Diligenciamiento
Información
general de los solicitantes:
Teniendo
en cuenta el sexo del solicitante registre en las
casillas correspondientes los siguientes datos:
Apellidos: Escriba
el primer y segundo apellidos en el mismo orden en
que aparecen en su documento de identidad.
Nombres: Escriba
el (los) nombre(s) completos en el mismo orden en
que aparecen en su documento de identidad.
Documento
de identidad: Registre el número de pasaporte y el
nombre del país donde fue expedido.
Fecha
de nacimiento: escriba en números arábigos el día,
mes y año de nacimiento de acuerdo con su documento
de identidad.
Foto:
incluya fotografía nítida y reciente.
Nacionalidad: Escriba
el nombre del país en donde nació o donde se nacionalizó.
Nivel
educativo alcanzado: marque una x frente a cada nivel
cursado y aprobado.
Titulo
obtenido: registre el titulo técnico o universitario
que haya obtenido.
Otros
estudios: relacione estudios adicionales realizados.
Estado
civil actual: marque x según corresponda. Si es casado
registre en números arábigos el día, mes y año de
realización del matrimonio; igualmente si está o ha
estado separado o divorciado alguna vez consigne el
día, mes y año en que se profirió la sentencia.
Información
laboral: marque x según corresponda, si es usted trabajador
independiente o empleado.
Actividad
u oficio: escriba la que ejerce actualmente (Abogado,
ganadero, electricista, secretaria, etc.).
Nombre
de la Empresa: escriba el nombre de la Empresa en
la cual trabaja.
Un
Desprendible se entrega en el momento de la recepción
de la solicitud
Exija
y verifique el contenido de su desprendible, consérvelo
como constancia de radicación de documentos.
Datos
de residencia de los solicitantes
País,
departamento y ciudad: registre el país, departamento
y ciudad de residencia.
Dirección,
teléfono, fax y apartado aéreo: escriba claramente
la dirección, el número telefónico, el fax y el número
del apartado aéreo. Igualmente registre la dirección
y ciudad donde desea que se le envíe la correspondencia.
Información
sobre los menores solicitados
Especifique
el número de niños que quiere adoptar, la edad en
años completos que usted desea para el (los) niño(s).
Ejemplo, desde 0 hasta 3 años. El sexo indicando
si es niño, niña o le es indiferente el sexo del menor
solicitado y algunas preferencias en cuanto a condiciones
personales de los niños, tales como estado de salud,
raza, grupo de hermanos o discapacidad.
Motivación
para la adopción
Escriba
las principales razones por las cuales desea(n) adoptar.
Especifique
el porqué de su deseo de adoptar en Colombia.
Información
económica
Deben
suministrar la información en dólares.
Renta
o ingresos mensuales: escriba el valor de sus entradas
o ingresos mensuales.
Promedio
egresos mensuales: escriba el valor aproximado de
sus gastos mensuales.
Valor
total patrimonio: indique el valor comercial de los
bienes que posee.
Seguro
de Vida: marque x según corresponda,
si la respuesta es afirmativa registre el valor del
mismo y los riesgos que cubre.
Datos
de la vivienda
Tipo: Marque
x según corresponda. Cuando
indique otro especifique de cuál se trata.
Tenencia:
Marque
x según corresponda. En caso
de arriendo, registre el valor mensual del arrendamiento.
En caso de ser otra, especifique cual.
Datos
sobre hijos de los solicitantes
Relacione
todos y cada uno de los hijos anotando nombre (s),
fecha de nacimiento y sexo.
Marque
x según se trate de un hijo biológico
o adoptado, en el último caso diligencie la fecha
de nacionalización del niño en el país de origen de
los padres.
Datos
sobre otras personas que residen en la misma vivienda.
Excluyendo
los hijos registre las personas que comparten con
usted la vivienda, escribiendo nombre (s), edad, sexo,
parentesco con el (los) solicitante (s) y ocupación
actual de ellos. En caso de ser otra especifique
cuál.
Otras
solicitudes presentadas en Colombia
Relacione
todas y cada una de las solicitudes de adopción que
haya presentado en Colombia, así: día, mes y año de
presentación, nombre de la entidad o centro al que
se dirigió y la ciudad en la cual lo presentó.
Abogado,
apoderado o agencia de adopción o persona conocida
en Colombia
En
caso de que los solicitantes deseen actuar ante el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través
de apoderado, deben registrar el nombre, dirección
y teléfono del mismo.
Relación
de documentos que adjunta al formulario.
Copia
idéntica al desprendible que se entrega al momento
de la recepción (ICBF)
Ver
numeral 2.
Firmas
Firme
la solicitud en donde corresponde.