Adopciones

** En el momento este Consulado, no está tramitando Adopciones**

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar desea, mediante este instructivo, brindarle información acerca de la adopción en Colombia, indicándole los requisitos y trámites administrativos, requeridos para adelantar este proceso en nuestro país.

Es por ello, que le recomendamos leer este instructivo detenidamente antes de proceder a diligenciar su formulario de solicitud. Si después de leerlo desea que se le resuelva alguna inquietud le solicitamos dirigirse a la Regional o Centro Zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el cual le fue entregado este instructivo (para el caso de los residentes en Colombia); o comunicarse con la División de Adopciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al teléfono número 3 108574 0 por correo, al Apartado Aéreo número 18116 o a la Avenida 68 No. 64-01 Bogotá D.C, Colombia (si reside fuera de Colombia). Le solicitamos sea concreto en el diligenciamiento del formulario y mencionar siempre la dirección a la cual debe enviársele la comunicación.

INTRODUCCION

En Colombia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, es el Organismo del Estado encargado de proteger al menor de edad y garantizarle sus derechos. 

Para ello cuenta con instrumentos jurídicos como lo es el Código del Menor, el cual contiene medidas de protección para los menores en situación irregular.  Entre estas medidas se encuentra la de la adopción de un menor abandonado. 

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través del desarrollo del programa de adopción, vela por brindar hogares estables a los menores que carecen de él.  Es por ello, que la entidad estudia y analiza las solicitudes de parejas e individuos que manifiestan su deseo de recibir un menor como hijo y aprueba aquellos que demuestren su capacidad para ofrecerle las mejores condiciones afectivas, familiares, mentales, físicas, morales, intelectuales, sociales y económicas, en el hogar que el niño necesita, con la conciencia plena de que al recibirlo, la situación afectiva y legal es la misma que cuando se recibe un hijo biológico. 

El Código del Menor, Decreto Ley 2737 de noviembre 27 de 1989, en su Sección Quinta, Artículos 88 a 128, se ocupa de la adopción.

LA ADOPCIÓN

I.   Qué es la adopción?

Según el Articulo 88 del Código del Menor:  "La adopción es, principalmente y por excelencia, una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable, la relación paterno filial entre personas que no la tienen por naturaleza".

II.   Cuales son las calidades que se exigen a quienes desean adoptar en Colombia?

Según lo establecido en el Código del Menor, las siguientes son las calidades exigidas a quienes desean adoptar conjunta o individualmente:

Ser plenamente capaces.

Que hayan cumplido 25 anos de edad

Que garanticen la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle un hogar adecuado y estable a un menor.
 

Ill.  Quiénes pueden adoptar conjuntamente?

Los cónyuges (esposos).

La pareja formada por el hombre y la mujer que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos 3 años. Este término se contara a partir de la separación legal de cuerpos, si con respecto a quienes conforman la pareja o a uno de ellos, estuviere vigente un vínculo matrimonial anterior. (Articulo 90 del Código del Menor).

IV.   Cómo se demuestra en Colombia la convivencia ?

Según el parágrafo del Articulo 105 del Código del Menor: Es prueba idónea de la convivencia extramatrimonial cualquiera de las siguientes:

Declaración extra-proceso de tres testigos con citación y audiencia del Defensor de Familia.

La inscripción del compañero o compañera permanentes en los registros de las Cajas de Compensación Familiar o de las Instituciones de Seguridad o Previsión Social.

El acta del matrimonio celebrado ante la autoridad competente de otro País, con el lleno de los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil para la autenticación de documentos otorgados en el exterior.

Inscripción en el libro de varios de la Notaría del lugar de domicilio de la pareja, con antelación no menor de tres (3) años.

El registro civil de nacimiento de los hijos habidos por la pareja con una antelación no menor de tres (3) años.  Para el cómputo de este término se tendrán en cuenta los 270 días-que antecedieron al nacimiento.

V.      Quiénes pueden adoptar individualmente?

Las personas solteras, viudas o separadas.

El adoptante casado no separado de cuerpos, sólo podrá adoptar con el consentimiento de su cónyuge.

VI.       Que menores se pueden adoptar?

En Colombia se puede adoptar a:

Menores de 18 años declarados en situación de abandono.

Menores cuya adopción haya sido consentida previamente por sus padres.

Menores de 18 años cuya adopción haya sido autorizada por el Defensor de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuando el menor no se encuentre en situación de abandono y carezca de Representante Legal.

El hijo de uno de los cónyuges podrá ser adoptado por el otro.

Podrá adoptarse también, al mayor de 18 años cuando el adoptante hubiere tenido   el  cuidado personal del adoptable, antes de que éste cumpliere los 18 años.

VII.     Consideraciones para el trámite de solicitudes de adopción

Como se anotó inicialmente, la adopción requiere de trámites administrativos ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y trámites judiciales ante un Juez de Familia o Promiscuo de Familia.

Nos ocuparemos en esta parte únicamente del trámite ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Los interesados en solicitar un menor en adopción, al diligenciar su formulario Solicitud de Adopción, deben tener en cuenta en relación con el menor deseado, los criterios técnicos establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, para la selección y asignación de los menores candidatos a la adopción.

Aun cuando cada solicitud de adopción merece un estudio especial, en consideración al interés superior de nuestros menores, damos prioridad a las solicitudes de parejas:

Que carecen de hijos.

Que teniendo un hijo biológico o adoptivo, desean un segundo hijo.

Que solicitan en adopción grupos de hermanos.

Que solicitan en adopción niños o niñas mayores de 7 años.

Que solicitan en adopción un hijo con dificultades físicas o mentales.

Si usted cuenta con la fortuna de tener varios hijos biológicos o adoptivos, tenga presente que son innumerables las solicitudes de parejas que esperan su primer hijo, y que estas son prioritarias para nosotros, además de lo anterior, la edad de los solicitantes, es otro factor fundamental para la asignación del menor; procuramos que los niños pequeños de 0 a 3 años sean acogidos en hogares de parejas jóvenes (entre 25 a 35 años), niños entre 3 y 6 años en hogares de parejas entre 36 y 44 años y los niños mayores de 7 años en hogares de personas con edades superiores a 45 años.

Le rogamos tener en cuenta nuestros criterios, al solicitar un menor en adopción, puesto que si usted por ejemplo tiene una edad superior a los rangos anotados y nos solicita un menor cuya edad no corresponda, su solicitud no estará dentro de las más opcionadas.

Deben igualmente saber, que todos los aspectos contenidos en su solicitud serán verificados y si los solicitantes no reúnen condiciones para recibir un menor en adopción, no será aceptada esta solicitud.

Importante:

La presentación del formulario <<Solicitud de Adopción>> y los documentos anexos al mismo, no obliga al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a aceptar a los solicitantes.

INSTRUCCIONES PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE ADOPCIÓN DE COLOMBIANOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

El formulario de <<Solicitud de Adopción>>, diligenciado, deberá anexar la totalidad de documentos que se relacionan a continuación, los cuales constituyen un elemento de análisis para la aprobación o rechazo de su solicitud sin embargo, es importante destacar nuevamente que el envío de estos documentos no significa compromiso de aprobación por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:

Registros o actas civiles de nacimiento de los solicitantes.

Registro civil o acta de matrimonio de la pareja solicitante.

Sentencia de divorcio en caso de matrimonios anteriores, en donde consten las causas que lo motivaron.

Certificado vigente de antecedentes penales o policivos de los adoptantes, expedido por autoridad competente, en la que conste que no tienen antecedentes penales.

Certificado sobre capacidad económica expedida por la entidad donde laboran, en la cual conste tiempo de servicios y sueldo devengado, en dólares.

Si trabajan en forma independiente, deben enviar certificación expedida por un Contador Juramentado o copia de la última declaración de renta.

Tres cartas de recomendación expedidas por personas que los conozcan, como pareja, certificando, su aptitud para adoptar.

Certificados médicos que expresen claramente que no padecen enfermedades físicas ni mentales y que son aptos para adoptar, expedido por médico legalmente autorizado.   

Documento por el cual se certifique nacionalidad de hijos adoptados anteriormente.

Si presenta la solicitud a través de abogado, anexe poder o manifestación escrita en la cual especifique el nombre de éste.

Permiso concedido por las autoridades competentes de su país para adoptar (cuando el  país de origen de los adoptantes lo exija para la legalización de la adopción).

Certificado de compromiso de seguimiento expedido por entidad gubernamental o  privada, oficialmente autorizada donde exprese claramente la garantía de hacer llegar  informes periódicos sobre la adaptación del niño a su nuevo hogar, hasta la nacionalización del menor en el país de origen de los adoptantes.

Autorización del gobierno del país de residencia de los adoptantes para el ingreso del menor adoptable.

Original del estudio psicológico y social, elaborado por profesionales competentes, vinculados a un organismo oficial o una Agencia autorizada por el gobierno de su País, que coordine con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, programas de adopción.

Todos estos documentos deben aportarse en original, debidamente notarizados y autenticados ante el Cónsul Colombiano en su país y en Colombia deben ser traducidos por Traductor oficialmente reconocido en Colombia y posteriormente legalizada la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, por tal motivo usted debe remitir los documentos para estos trámites al abogado que lo representará, a una persona de confianza que conozca en Colombia o hacerlo a través de una Agencia de Adopción, quienes posteriormente deberán entregarlos al ICBF, División de Adopciones, Sede Nacional.

La solicitud de adopción será estudiada por la División de Adopciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se le comunicará su aprobación o rechazo, en un plazo de un mes a partir de la fecha en que sean radicados los documentos.

La solicitud y la documentación debidamente aprobadas, ingresaran a la lista de espera atendiendo a su estricto orden cronológico de aprobación, hasta cuando se les pueda asignar el menor deseado, según las características solicitadas.

Esta asignación, les será comunicada a través de la Agencia de Adopción, su Abogado o la persona de confianza que los representen según el caso, donde se les indicara el nombre del niño(a) o los niños que les hayan sido asignados, adjuntando a ésta los respectivos informes social, psicológico, médico, fotografías del niño y todos los demos datos necesarios y suficientes del menor que les permita la toma de una decisión consciente.

El plazo para la comunicación escrita de aceptación o rechazo del menor asignado es de dos (2) meses.  Se requiere que ustedes manifiesten su aceptación en forma escrita la Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que se les indique. Conocida su respuesta de aceptación del menor, el Instituto, a través de su Abogado, la Agencia o la persona de confianza en Colombia a quien ustedes hayan autorizado, les impartirá instrucciones respecto a:

Fecha en que deben desplazarse a Colombia para recibir a su hijo, e iniciar el proceso de adopción ante el Juez de Familia.

Tiempo de duración aproximado del proceso.

Durante el tiempo en que permanecen ambos padres en Colombia, un funcionario del área social del Instituto, observará el tipo de relación de los padres con los niños y viceversa y de acuerdo a esa percepción elaborará una constancia sobre integración personal del menor, con los adoptantes.  Así mismo, el Defensor de Familia emitirá un concepto favorable a la adopción, mediante entrevista que sostenga con los padres, esta certificación se anexará a la demanda de adopción.

Decretada, ejecutoriada la adopción y expedido el nuevo registro del menor con los nombres de ustedes como padres, podrán salir del país con su hijo.

Estos documentos y el pasaporte del menor, les serán exigidos para la Salida del País.

Una vez en su país deberán proceder a la nacionalización del menor.

Consideraciones generales

La adopción es irrevocable.

El adoptivo llevará los apellidos de los adoptantes.

Por la adopción el adoptivo deja de pertenecer a su familia y se extingue todo parentesco de consanguinidad con la misma.

La adopción establece parentesco civil entre el adoptivo y el adoptante y los parientes consanguíneos o adoptivos de éste

Las solicitudes de adopción de colombianos, cuando llenan los requisitos establecidos por el  Código del Menor tienen prelación o preferencia frente a las que presentan los extranjeros.

Los trámites que se adelantan ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en relación con las adopciones son totalmente gratuitos.

En ningún caso, los funcionarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, pueden cobrar dinero directamente por adopción.

INSTRUCTIVO  PARA DILIGENCIAR EL FORMULARIO

SOLICITUD DE ADOPCIÓN

Generalidades:

Es fundamental que ustedes diligencien todas las casillas del formulario de Solicitud de Adopción*, con excepción del código solicitud que se encuentra en la margen superior derecha.  Este le será asignado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, una vez recibida la totalidad de la documentación y será el número de identificación de su solicitud.

Escriba en idioma ESPAÑ0L en máquina o letra imprenta.

Diligencie sólo una (1) solicitud, no envíe copia.

El formulario de solicitud y la totalidad de los documentos deben remitirse a la División de Adopciones de la Sede Nacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Apartado Aéreo 18116, de Santafé de Bogotá, Colombia, directamente, (debidamente traducidos ante el Ministerio de Relaciones Exteriores), a través de su apoderado, (abogado) o de una persona de confianza que lo conozca en Colombia o de la Agencia de Adopción que representa su país.

Diligenciamiento

Información general de los solicitantes:

Teniendo en cuenta el sexo del solicitante registre en las casillas correspondientes los siguientes datos:

Apellidos: Escriba el primer y segundo apellidos en el mismo orden en que aparecen en su documento de identidad.

Nombres: Escriba el (los) nombre(s) completos en el mismo orden en que aparecen en su documento de identidad.

Documento de identidad: Registre el número de pasaporte y el nombre del país donde fue expedido.

Fecha de nacimiento: escriba en números arábigos el día, mes y año de nacimiento de acuerdo con su documento de identidad.

Foto: incluya fotografía nítida y reciente.

Nacionalidad: Escriba el nombre del país en donde nació o donde se nacionalizó.

Nivel educativo alcanzado: marque una x frente a cada nivel cursado y aprobado.

Titulo obtenido: registre el titulo técnico o universitario que haya obtenido.

Otros estudios: relacione estudios adicionales realizados.

Estado civil actual: marque x según corresponda. Si es casado registre en números arábigos el día, mes y año de realización del matrimonio; igualmente si está o ha estado separado o divorciado alguna vez consigne el día, mes y año en que se profirió la sentencia.

Información laboral: marque x según corresponda, si es usted trabajador independiente o empleado.

Actividad u oficio: escriba la que ejerce actualmente (Abogado, ganadero, electricista, secretaria, etc.).

Nombre de la Empresa: escriba el nombre de la Empresa en la cual trabaja.

Un Desprendible se entrega en el momento de la recepción de la solicitud

Exija y verifique el contenido de su desprendible, consérvelo como constancia de radicación de documentos.

Datos de residencia de los solicitantes

País, departamento y ciudad: registre el país, departamento y ciudad de residencia.

Dirección, teléfono, fax y apartado aéreo: escriba claramente la dirección, el número telefónico, el fax y el número del apartado aéreo.  Igualmente registre la dirección y ciudad donde desea que se le envíe la correspondencia.

Información sobre los menores solicitados

Especifique el número de niños que quiere adoptar, la edad en años completos que usted desea para el (los) niño(s).  Ejemplo, desde 0 hasta 3 años.  El sexo indicando si es niño, niña o le es indiferente el sexo del menor solicitado y algunas preferencias en cuanto a condiciones personales de los niños, tales como estado de salud, raza, grupo de hermanos o discapacidad.

Motivación para la adopción

Escriba las principales razones por las cuales desea(n) adoptar.

Especifique el porqué de su deseo de adoptar en Colombia.

Información económica

Deben suministrar la información en dólares.

Renta o ingresos mensuales: escriba el valor de sus entradas o ingresos mensuales.

Promedio egresos mensuales: escriba el valor aproximado de sus gastos mensuales.

Valor total patrimonio: indique el valor comercial de los bienes que posee.

Seguro de Vida: marque x según corresponda, si la respuesta es afirmativa registre el valor del mismo y los riesgos que cubre.

Datos de la vivienda

Tipo: Marque x según corresponda. Cuando indique otro especifique de cuál se trata.

Tenencia:    

Marque x según corresponda.  En caso de arriendo, registre el valor mensual del arrendamiento.  En caso de ser otra, especifique cual.

Datos sobre hijos de los solicitantes

Relacione todos y cada uno de los hijos anotando nombre (s), fecha de nacimiento y sexo.

Marque x según se trate de un hijo biológico o adoptado, en el último caso diligencie la fecha de nacionalización del niño en el país de origen de los padres.

Datos sobre otras personas que residen en la misma vivienda.

Excluyendo los hijos registre las personas que comparten con usted la vivienda, escribiendo nombre (s), edad, sexo, parentesco con el (los) solicitante (s) y ocupación actual de ellos.  En caso de ser otra especifique cuál.

Otras solicitudes presentadas en Colombia

Relacione todas y cada una de las solicitudes de adopción que haya presentado en Colombia, así: día, mes y año de presentación, nombre de la entidad o centro al que se dirigió y la ciudad en la cual lo presentó.

Abogado, apoderado o agencia de adopción o persona conocida en Colombia

En caso de que los solicitantes deseen actuar ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través de apoderado, deben registrar el nombre, dirección y teléfono del mismo.

Relación de documentos que adjunta al formulario.

Copia idéntica al desprendible que se entrega al momento de la recepción (ICBF)

Ver numeral 2.

Firmas

Firme la solicitud en donde corresponde.

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