La expide el Consulado con cita previa
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REQUISITOS:
· Cédula de Ciudadanía
· Documento que acredite su dirección de residencia en La Florida (Licencia de la Florida, ID de La Florida, recibos de servicios, etc)
ABC DE LA TARJETA DE REGISTRO CONSULAR
Con fundamento en el principio de asistencia y protección a los connacionales,
consagrado en la Convención de Viena de 1963, sobre Relaciones Consulares,
el Gobierno Nacional dio inicio a la expedición de la “Tarjeta de Registro Consular”.
La Tarjeta de Registro Consular se enmarca en los lineamientos de política exterior contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual expresa la voluntad del Gobierno de fortalecer los vínculos con las comunidades colombianas en el exterior.
La Tarjeta de Registro Consular surge ante las inquietudes planteadas por la comunidad colombiana en los Estados Unidos.
La Matrícula Consular tiene su antecedente histórico en la dinámica fronteriza entre EEUU y México hace 131 años. Por su utilidad, este mecanismo ha sido adoptado por varios gobiernos para el registro de sus nacionales en EEUU.
La aceptación de la Tarjeta de Registro Consular depende de la voluntad de las autoridades e instituciones públicas y privadas de cada localidad.
Se escogió Nueva York para realizar la segunda fase del piloto comenzado en Washington por ser la ciudad que reúne el mayor número de colombianos en Estados Unidos. Durante el primer trimestre del 2006 se extenderá su expedición a los Consulados restantes en Estados Unidos.
¿Qué es la tarjeta de registro consular?
Es un documento mediante el cual se hace constar que un nacional colombiano se registró en el Consulado correspondiente a la circunscripción donde reside.
Con la Tarjeta de Registro Consular se busca ofrecer a los colombianos un documento que podría servir de soporte para comprobar su identidad ante autoridades locales, entidades financieras, instituciones médicas y empresas de servicios públicos.
¿Quién la puede obtener?
Todos los colombianos que vivan dentro de la jurisdicción de los Consulados de Colombia en Washington (Piloto), Nueva York, Houston, Los Ángeles, San Francisco, Chicago, Atlanta, Boston, Miami independientemente de cuál sea su situación migratoria.
¿Para qué sirve la Tarjeta de Registro Consular?
Basándose en la experiencia de los países que la expiden, se puede señalar que algunas autoridades la aceptan y podría brindar a los usuarios las siguientes posibilidades: acceder a bibliotecas y edificios públicos, obtener licencias de conducción y de negocios, registrar a los niños en las escuelas, y en general, acceder a algunos servicios bancarios, públicos y sociales.
La Tarjeta de Registro Consular es un instrumento que sirve de soporte para establecer la identidad de su portador.
La aceptación de la Tarjeta de Registro Consular depende de la disposición de las autoridades e instituciones públicas y privadas de cada localidad.
Experiencia de los Colombianos con la TRC
Con base en una encuesta realizada vía correo electrónico por el Consulado en Washington, se identificaron los siguientes beneficios de la TRC, luego de su entrada en vigencia:
Permite contar con una segunda identificación bilingüe que evita portar en las actividades diarias su pasaporte como documento de identificación, lo cual es de gran ayuda particularmente para los connacionales que trabajan con empresas constructoras y reciben diariamente su sueldo (ya que son contratados por días).
Matricular a sus niños en los centros educativos que requieren un documento bilingüe adicional al pasaporte, o el registro civil de nacimiento.
En el sistema bancario ha tenido varios usos: abrir cuentas, como segunda identificación para hacer cambio de cheques o retirar dinero y enviar remesas al país a bajos costos por medio de entidades reconocidas. Anteriormente y por no tener un segundo documento de identidad, aparte del pasaporte, los colombianos debían recurrir a otros medios de envío de dinero poco seguros y las cuales les cobraban altas tasas por el envió de estos dineros.
También ha sido usada como documento de identificación al abordar aviones en vuelos nacionales, este es el caso reportado a este Despacho por el señor Carlos Soles, representante de la comunidad colombiana en el área y que se dado a la tarea de viajar presentado únicamente este documento, sin que hasta el momento haya tenido algún inconveniente.
También ha sido usada para ingresar a los edificios del Gobierno local, en los cuales se debe presentar una identificación.
Ha sido presentada por varias personas para ingresar a establecimientos públicos de diversión (en los cuales es necesario presentar un documento de identificación válido)
POSIBLES PREGUNTAS SOBRE TARJETA DE REGISTRO CONSULAR
¿La saca sólo la persona cabeza de familia o cada miembro de ella?
Todos pueden sacarla.
¿Se necesita para otros trámites consulares?
No.
¿Va a existir personal oficial dedicado exclusivamente a este proceso?
No.
¿Qué documento se deben presentar para tramitarla?
Lo único que se exige para expedir la TRC es:
Documento de Identidad
Comprobación del domicilio
Para los mayores de edad, el documento de identidad requerido es la Cédula de Ciudadanía y para los menores el Registro Civil de Nacimiento. Si el solicitante presenta Contraseña de trámite de Cédula de Ciudadanía y es mayor de 25 años, ésta requerirá verificación de los datos con la Registraduría Nacional del Estado Civil, caso en el cual la expedición del documento no será inmediata.
¿Ante quién se solicita y en dónde?
Ante el Consulado de Colombia correspondiente a la jurisdicción donde resida.
¿Cuántos días dura el trámite?
Se expide de inmediato si no hay necesidad de verificar datos con la Registraduría.
¿Cuánto cuesta?
No tiene ningún costo
¿Por cuánto tiempo es válida?
Por 5 años
¿Se puede renovar?
Sí
¿Ya existía este documento?
No.
¿En qué países es válida?
En Estados Unidos, ante los consulados Colombianos
¿Las autoridades del país tendrán acceso a esta información?
No.
¿Se la dan a menores de edad?
Si
¿Se la dan a las personas que no tengan legalizada su situación en Estados
Unidos?
A todos los Colombianos independientemente de su situación migratoria
¿Sirve en Colombia como documento de identidad?
No.
¿Sirve para abrir una cuenta bancaria?
En algunos bancos.
¿Sirve para tener acceso a la salud pública?
Algunas autoridades locales la aceptan para este servicio.
¿Sirve para tener cupos en colegios o universidades?
Depende del centro escolar.
¿Con ella se puede votar en el exterior?
No.
¿En caso de que se pierda la cédula, la reemplaza? ¿O al pasaporte?
La TRC no reemplaza a ningún documento colombiano (cédula, pasaporte, etc.) y solo tiene valor, para determinados fines, en el país donde se expide.
¿El registro consular legaliza la situación del inmigrante colombiano irregular?
No.
¿Qué autoridades en Estados Unidos aceptan este registro como documento de identidad?
Distintas municipalidades y condados aceptan la TRC para trámites tales como obtención de tarjetas para acceder a bibliotecas, acceder a edificios públicos, obtención de licencias de negocios, registrar niños en las escuelas, y el acceso limitado a algunos servicios públicos.
¿Si soy irregular y me detiene la policía, este documento me sirve para no ser deportado?
No.
¿Cómo se van a enterar los colombianos de que existe este registro?
El consulado hará de público conocimiento la expedición de dicho documento.
En las reuniones que se han sostenido con la Comunidad Colombiana
recientemente se hizo el lanzamiento de dicha tarjeta y se ha hecho igualmente el anuncio en diferentes medios de comunicación latinos.
Empezó en Washington, como piloto. Posteriormente se implementó en NY,
En todos los demás Estados donde haya un Consulado de Colombia. Para el próximo primero de mayo se estará expidiendo en los demás. (Atlanta- Chicago- Houston- San Francisco- Los Angeles- Boston- Miami)
¿Se puede tramitar desde Colombia?
No.
¿Se le puede tramitar a familiares que van a viajar a los Estados Unidos?
No.
¿La puedo sacar a través de un tramitador?
No, el trámite es personal.
¿Quiénes tienen procesos pendientes con la justicia local, la pueden sacar?
Sí.
¿En qué caso y a quien se le niega el registro consular?
Si la persona no acredita los requisitos no puede expedírsele.
¿Qué obligaciones conlleva el registro consular?
Ninguna.
¿Qué otros países lo otorgan?
México y Guatemala.
¿El DAS va a tener acceso a la base de datos del registro consular?
No. Los Consulados de Colombia en el exterior garantizan la confidencialidad de los datos que suministran los connacionales que se registran en dichas oficinas.
¿Si la persona registrada regresa a Colombia, debe cancelar este registro?
Debe informar al consulado que va a regresar al país para efectos de actualizar el registro del Consulado.
¿Por qué se va a implementar?
Por solicitud de toda la comunidad colombiana residente en los Estados Unidos y porque dicho documento tiene cierto nivel de aceptación por algunas autoridades locales.
¿Habrá un horario especial para sacar este registro?
De Lunes a Viernes, de 9:30 a 10:30 a.m., con cita previa
¿Si vivo en una ciudad donde no hay Consulado, cómo hago para sacarla?
Es necesario presentarse al consulado, pues la autoridad expedidora debe garantizar que la foto y la huella dactilar corresponden al titular del documento.
¿Qué radio de jurisdicción tiene este registro?
La jurisdicción que cubre cada uno de los consulados colombianos en Estados Unidos.
¿Si la persona pierde el registro, lo puede volver a sacar?
Si